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Periódico Oficial de Tamaulipas Reforma Entra en vigor mañana

Tamaulipas prohíbe difundir datos e imágenes que identifiquen a menores y víctimas de violencia

El Congreso del Estado de Tamaulipas reformó la ley estatal contra la violencia hacia las mujeres para establecer una prohibición total de compartir datos o fotografías que permitan identificar a niñas, niños, adolescentes y demás personas víctimas de agresiones. Asimismo, faculta la aplicación de medidas de protección urgentes cuando exista peligro…

Explicado el 29 de septiembre de 2026 · Publicado en la fuente oficial el 29 de septiembre de 2026

A quién afectaAplica a la ciudadanía en general, medios de comunicación y autoridades públicas, al…
Desde cuándo30.09.2026
EmiteSecretaría General — Págs. 4 a 5 del Pdf

En breve: El Congreso del Estado de Tamaulipas reformó la ley estatal contra la violencia hacia las mujeres para establecer una prohibición total de compartir datos o fotografías que permitan identificar a niñas, niños, adolescentes y demás personas víctimas de agresiones. Asimismo, faculta la aplicación de medidas de protección urgentes cuando exista peligro inminente.

Qué establece

Establece la prohibición absoluta de transmitir información personal o imágenes que hagan identificables a personas menores de edad y a cualquier otra persona víctima de violencia. También contempla la adopción de acciones y medidas de protección en situaciones catalogadas de extrema urgencia o riesgo inmediato.

Qué cambia

Reforma el numeral 2 del artículo 9 Duodecies de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Estado de Tamaulipas.

A quién afecta

Aplica a la ciudadanía en general, medios de comunicación y autoridades públicas, al tiempo que protege a niñas, niños, adolescentes y personas agredidas en la entidad.

Requisitos y condiciones

La restricción de datos e imágenes aplica de forma absoluta en todo momento para proteger a las personas agredidas, y las acciones de protección se activan específicamente en casos de extremo riesgo o peligro inminente.

Desde cuándo aplica

Entra en vigor al día siguiente de su publicación: 30 de septiembre de 2026.

ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Lo que dice el documento

Tratándose de niños, niñas, adolescentes y demás personas agredidas, hay una prohibición absoluta de transmitir datos e imágenes que permitan su identificación; de igual manera, como medida de protección, al tratarse de casos de peligro inminente o extrema urgencia, podrán tomarse las siguientes acciones:

ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Fuente oficial: Periódico Oficial de Tamaulipas, 29 de septiembre de 2026, Número 116. SECRETARÍA GENERAL: DECRETO No. 66-1391 mediante el cual se reforma el numeral 2, del artículo 9 Duodecies, de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.

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Documento oficial

Periódico Oficial de Tamaulipas

29 de septiembre de 2026 · Número 116

SECRETARÍA GENERAL: DECRETO No. 66-1391 mediante el cual se reforma el numeral 2, del artículo 9 Duodecies, de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres

Ver el documento oficial

Ante cualquier diferencia, prevalece el texto de la fuente oficial.

Cómo hacemos esta nota

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