El Congreso de Tamaulipas reformó la Ley para el Desarrollo Económico y la Competitividad del Estado para establecer que las dependencias y entidades estatales procuren destinar al menos el 30 por ciento de su gasto anual en compras, servicios y obra pública a micro, pequeñas y medianas empresas. Asimismo, se actualizó la facultad para diseñar políticas de…
Explicado el 29 de septiembre de 2026 · Publicado en la fuente oficial el 29 de septiembre de 2026
En breve: El Congreso de Tamaulipas reformó la Ley para el Desarrollo Económico y la Competitividad del Estado para establecer que las dependencias y entidades estatales procuren destinar al menos el 30 por ciento de su gasto anual en compras, servicios y obra pública a micro, pequeñas y medianas empresas. Asimismo, se actualizó la facultad para diseñar políticas de apoyo a negocios afectados por desastres naturales.
Se incorpora como atribución legal el fomento para que el gobierno estatal considere a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPyMEs) en sus compras, servicios y obras, procurando que reciban por lo menos el 30 por ciento del monto total anual contratado por cada dependencia o entidad. También se precisa la facultad de promover políticas públicas dirigidas a MIPyMEs que sufran daños en sus instalaciones, equipo o insumos por fenómenos naturales o emergencias con declaratoria oficial.
Reforma la fracción XXVI, adiciona la fracción XXVII y recorre la fracción XXVIII del artículo 30 de la Ley para el Desarrollo Económico y la Competitividad del Estado de Tamaulipas.
A las micro, pequeñas y medianas empresas del estado, así como a las dependencias y entidades de la administración pública estatal encargadas de planear y ejecutar compras, servicios y obra pública.
Las MIPyMEs deben estar legalmente constituidas para acceder a las políticas de apoyo por siniestros. La asignación del porcentaje en compras y obra pública debe apegarse a la Ley de Adquisiciones, la Ley de Obras Públicas estatal y demás normatividad aplicable.
Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.
Fuente oficial: Periódico Oficial de Tamaulipas, 29 de septiembre de 2026, Número 116. SECRETARÍA GENERAL: DECRETO No. 66-1398 mediante el cual se reforma la fracción XXVI y se adiciona una fracción XXVII, recorriéndose la subsecuente en su orden natural para ser XXVIII, del artículo 30 de la Ley para el Desarrollo Económico y la Competitividad del Estado de Tamaulipas.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Periódico Oficial de Tamaulipas
29 de septiembre de 2026 · Número 116
SECRETARÍA GENERAL: DECRETO No. 66-1398 mediante el cual se reforma la fracción XXVI y se adiciona una fracción XXVII, recorriéndose la subsecuente en su orden natural para ser XXVIII, del artículo 30 de la Ley para el Desarrollo Económico…
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