La autoridad administrativa comunica que, a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas y sus municipios, así como demarcaciones territoriales de la Ciudad de México…
Explicado el 29 de septiembre de 2026 · Publicado en la fuente oficial el 28 de septiembre de 2026
En breve: La autoridad administrativa comunica que, a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas y sus municipios, así como demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, deben abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con Galmar Proyectos Integrales, S. de R.L. de C.V. por un plazo de tres meses, el cual subsistirá hasta que se acredite el pago de la multa impuesta.
Establece la prohibición de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Galmar Proyectos Integrales, S. de R.L. de C.V., de manera directa o por interpósita persona, por un plazo de tres meses, prorrogable hasta el pago de la multa impuesta. Quedan excluidos de la aplicación de la circular los contratos adjudicados y los formalizados previamente con dicha empresa.
No modifica normas, pero formaliza la inhabilitación temporal por tres meses a la empresa Galmar Proyectos Integrales, S. de R.L. de C.V. para participar en procedimientos de contratación o formalizar contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Galmar Proyectos Integrales, S. de R.L. de C.V.; dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; empresas públicas del Estado; Fiscalía General de la República; entidades federativas y sus municipios; demarcaciones territoriales de la Ciudad de México
La prohibición entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF y durará tres meses, extendiéndose en caso de impago de la multa hasta que se acredite su liquidación ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Los contratos previamente adjudicados o formalizados no quedan comprendidos. Para las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, la medida solo aplica si las contrataciones se realizan total o parcialmente con fondos federales.
Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 28 de septiembre de 2026, Edición matutina. Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas y sus municipios, así como las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Galmar Proyectos Integrales, S. de R.L. de C.V.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Diario Oficial de la Federación
28 de septiembre de 2026 · Edición matutina
Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas y sus municipios, así como las demarcaciones…
Ver el documento oficialAnte cualquier diferencia, prevalece el texto de la fuente oficial.
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