El Congreso de Tamaulipas adicionó facultades en la Ley de Protección a los Animales para capacitar al personal público en la prevención y sanción de la violencia contra los animales, además de definir protocolos para su rescate y cuidado.
Explicado el 29 de septiembre de 2026 · Publicado en la fuente oficial el 29 de septiembre de 2026
En breve: El Congreso de Tamaulipas adicionó facultades en la Ley de Protección a los Animales para capacitar al personal público en la prevención y sanción de la violencia contra los animales, además de definir protocolos para su rescate y cuidado.
Se establece la obligación de capacitar y asesorar a las personas servidoras públicas que atienden, previenen o sancionan la violencia contra los seres sintientes. Asimismo, se ordena la creación de protocolos de actuación para su rescate, cuidado, concientización y respeto, buscando asegurar un trato digno e intervenciones oportunas.
Reforma la fracción XII, adiciona la fracción XIII y recorre la subsecuente del artículo 7 de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Tamaulipas.
A las personas servidoras públicas encargadas de tareas de prevención, atención y sanción de la violencia hacia los animales, así como a las dependencias responsables de su rescate y protección.
Entra en vigor al día siguiente de su publicación: 30 de septiembre de 2026.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Capacitar y asesorar a las personas servidoras públicas con funciones de prevención, atención y sanción de la violencia contra los seres sintientes, así como establecer protocolos de actuación para su rescate, cuidado, concientización y respeto, con el fin de garantizar intervenciones efectivas y un trato digno hacia ellos
Fuente oficial: Periódico Oficial de Tamaulipas, 29 de septiembre de 2026, Número 116. SECRETARÍA GENERAL: DECRETO No. 66-1397 mediante el cual se reforma la fracción XII, y se adiciona una fracción XIII, recorriéndose la actual en su orden natural del artículo 7, de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Tamaulipas.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Periódico Oficial de Tamaulipas
29 de septiembre de 2026 · Número 116
SECRETARÍA GENERAL: DECRETO No. 66-1397 mediante el cual se reforma la fracción XII, y se adiciona una fracción XIII, recorriéndose la actual en su orden natural del artículo 7, de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de…
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