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México y Colombia prorrogan dispensa arancelaria temporal para ciertos insumos textiles

La Secretaría de Economía publicó la Decisión No. 129 del Tratado de Libre Comercio entre México y Colombia. Mediante esta resolución, se prorroga del 18 de septiembre de 2026 al 17 de septiembre de 2027 la dispensa temporal que permite usar ciertos insumos de fuera de la región en prendas y textiles elaborados en Colombia, manteniendo el trato arancelario preferencial al ingresar a México.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 15 de octubre de 2026

A quién afectaA empresas importadoras mexicanas y productoras o exportadoras colombianas del sector…
Publicado15.10.2026
EmiteSecretaría de Economía

Documento extenso: esta explicación se basa en el inicio y el cierre del documento. Consulta el documento oficial completo para conocer todas sus disposiciones.

En breve: La Secretaría de Economía publicó la Decisión No. 129 del Tratado de Libre Comercio entre México y Colombia. Mediante esta resolución, se prorroga del 18 de septiembre de 2026 al 17 de septiembre de 2027 la dispensa temporal que permite usar ciertos insumos de fuera de la región en prendas y textiles elaborados en Colombia, manteniendo el trato arancelario preferencial al ingresar a México.

¿Qué establece la Decisión 129 del tratado comercial entre México y Colombia?

Se da a conocer la prórroga de la dispensa temporal otorgada por la Comisión Administradora del tratado bilateral para permitir el uso de insumos textiles no originarios de la región en bienes confeccionados en Colombia. México aplicará el arancel preferencial correspondiente a bienes originarios a las mercancías textiles y del vestido señaladas en el acuerdo, siempre que cumplan con las cantidades máximas autorizadas, reglas de origen y requisitos de certificación.

¿Qué prórroga otorga México a la dispensa de insumos textiles de Colombia?

Prorroga la dispensa temporal para los insumos previstos en el numeral 1 de la Decisión No. 125, adoptada el 23 de agosto de 2025, extendiendo su vigencia por un año más.

¿A qué empresas aplica la prórroga arancelaria de insumos textiles con Colombia?

A empresas importadoras mexicanas y productoras o exportadoras colombianas del sector textil y de la confección que comercializan bienes bajo el tratado bilateral.

¿Qué debe incluir el certificado de origen textil bajo la Decisión 129 con Colombia?

Los bienes deben elaborarse totalmente en Colombia y someterse a los mecanismos de verificación y certificación del tratado. Además, los exportadores deben asentar en el certificado de origen una leyenda obligatoria sobre el cumplimiento de la Decisión No. 129 y los kilogramos de dispensa utilizados; dicho certificado solo puede amparar productos de una misma subpartida arancelaria.

¿Desde cuándo entra en vigor el acuerdo de la Secretaría de Economía sobre Colombia?

Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.

¿Qué plazos fija?

  • Vigencia de la prórroga de la dispensa temporal para insumos textiles

¿Qué montos menciona?

  • Cantidad máxima de nailon trilobal rígido (fracción 5402.11.00.00): 7.82 kilogramos netos
  • Cantidad máxima de hilados de poliéster con PBT (fracción 5402.33.00.00): 7.77 kilogramos netos

Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 15 de octubre de 2026, Edición matutina. Acuerdo por el que se da a conocer la Decisión No. 129 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, adoptada el 14 de septiembre de 2026.

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Diario Oficial de la Federación

15 de octubre de 2026 · Edición matutina

Acuerdo por el que se da a conocer la Decisión No. 129 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, adoptada el 14 de septiembre de 2026

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