El Instituto Electoral del Estado de México determinó que la Oficialía de Partes de su órgano central recibirá directamente los escritos de manifestación de intención de las personas que busquen postularse por la vía independiente a diputaciones locales o ayuntamientos en los comicios 2026-2027. La medida se tomó porque el plazo de recepción comienza antes de que se instalen las juntas desconcentradas, por lo que el Consejo General del instituto también resolverá de manera directa la procedencia de cada solicitud.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 13 de octubre de 2026
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En breve: El Instituto Electoral del Estado de México determinó que la Oficialía de Partes de su órgano central recibirá directamente los escritos de manifestación de intención de las personas que busquen postularse por la vía independiente a diputaciones locales o ayuntamientos en los comicios 2026-2027. La medida se tomó porque el plazo de recepción comienza antes de que se instalen las juntas desconcentradas, por lo que el Consejo General del instituto también resolverá de manera directa la procedencia de cada solicitud.
Establece que la ciudadanía interesada en una candidatura independiente a diputaciones locales o ayuntamientos entregará su escrito de manifestación de intención ante la Oficialía de Partes central del IEEM, en los horarios que señale la Convocatoria, y que el Consejo General resolverá supletoriamente sobre la procedencia o improcedencia de cada escrito.
Centraliza la recepción y resolución de los trámites ante el Consejo General y la Oficialía de Partes del órgano central del IEEM, en lugar de hacerlo ante los órganos desconcentrados en los distritos y municipios, debido a que estos últimos aún no estarán instalados cuando inicie el plazo de entrega.
A las personas interesadas en postularse a una candidatura independiente a una diputación local o a integrar un ayuntamiento en el Estado de México para el Proceso Electoral 2026-2027.
La entrega debe realizarse ante la Oficialía de Partes central a partir del día siguiente a que se emita la Convocatoria respectiva, en el horario establecido en la misma y conforme a lo previsto en el artículo 10 del Reglamento para el Proceso de Selección y Registro de Candidaturas Independientes.
Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.
Fuente oficial: Gaceta del Gobierno del Estado de México, 13 de octubre de 2026, Sección Segunda. Instituto Electoral del Estado de México: Acuerdo N°. IEEM/CG/48/2026.- Por el que se determina la recepción supletoria de los escritos de manifestación de intención presentados por la ciudadanía interesada en postularse a una candidatura independiente en el Proceso Electoral para la Elección de Diputaciones y Ayuntamientos 2026-2027.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Gaceta del Gobierno del Estado de México
13 de octubre de 2026 · Sección Segunda
Instituto Electoral del Estado de México: Acuerdo N°. IEEM/CG/48/2026.- Por el que se determina la recepción supletoria de los escritos de manifestación de intención presentados por la ciudadanía interesada en postularse a una candidatura…
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