El ISSSTE publicó lineamientos para regular sus Casas de Día, espacios diurnos y no residenciales dirigidos a personas pensionadas y jubiladas de 60 años o más. El documento formaliza la atención interdisciplinaria en áreas de geriatría, gerontología, enfermería y trabajo social, y ordena preparar la opción de realizar el trámite de admisión por medios electrónicos.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 13 de octubre de 2026
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En breve: El ISSSTE publicó lineamientos para regular sus Casas de Día, espacios diurnos y no residenciales dirigidos a personas pensionadas y jubiladas de 60 años o más. El documento formaliza la atención interdisciplinaria en áreas de geriatría, gerontología, enfermería y trabajo social, y ordena preparar la opción de realizar el trámite de admisión por medios electrónicos.
Establece las reglas de organización y operación del servicio de Casas de Día del ISSSTE bajo un modelo de atención integral diurno y no residencial. Define los perfiles y funciones del equipo interdisciplinario (trabajo social, enfermería, geriatría y gerontología), lineamientos para la atención de emergencias médicas y primeros auxilios, control de visitantes y la elaboración de planes de atención personalizados mediante una Cartilla de Actividades.
Homologa los criterios de operación de las Casas de Día del ISSSTE e instruye a la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales a iniciar acciones para habilitar el procedimiento de admisión por vía electrónica a elección de las personas derechohabientes.
A personas jubiladas y pensionadas derechohabientes del ISSSTE de 60 años o más, así como al personal administrativo y de salud que labora u opera en las Casas de Día del Instituto.
Tener 60 años o más de edad y ser persona jubilada o pensionada derechohabiente del ISSSTE.
Entra en vigor al día siguiente de su publicación: 14 de octubre de 2026.
PRIMERO. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El presente ordenamiento tiene por objeto regular la prestación del servicio de la Casa de Día, bajo un modelo de atención integral orientado al ejercicio pleno de los derechos humanos, la inclusión y la no discriminación, promoviendo la dignidad de la vejez
La Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto, dentro de los ciento veinte días hábiles posteriores a la publicación de los presentes Lineamientos en el Diario Oficial de la Federación, deberá iniciar las acciones necesarias para que el procedimiento de admisión
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 13 de octubre de 2026, Edición matutina. Lineamientos Generales para la operación de la Casa de Día del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Diario Oficial de la Federación
13 de octubre de 2026 · Edición matutina
Lineamientos Generales para la operación de la Casa de Día del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
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