La Junta de Gobierno del INEGI aprobó los días de descanso y suspensión de actividades para el año 2027. En estas fechas, además de los fines de semana, no correrán plazos ni vencerán términos legales en los trámites que se gestionen ante la institución.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 15 de octubre de 2026
En breve: La Junta de Gobierno del INEGI aprobó los días de descanso y suspensión de actividades para el año 2027. En estas fechas, además de los fines de semana, no correrán plazos ni vencerán términos legales en los trámites que se gestionen ante la institución.
Se determinan las fechas no laborables en el INEGI durante 2027: 1.° de enero, 1.° de febrero (Constitución), 15 de marzo (Natalicio de Benito Juárez), 25 y 26 de marzo, 1.° de mayo, 5 de mayo, 8 de julio (Día del trabajador del INEGI), 16 de septiembre, 2 de noviembre, 15 de noviembre (Revolución Mexicana) y 25 de diciembre. En estas fechas no se computarán términos legales.
Fija formalmente el calendario laboral y procesal del instituto para el ejercicio 2027 conforme a la legislación laboral, el calendario oficial federal y sus condiciones generales de trabajo.
Al personal del INEGI y a cualquier persona, empresa o institución pública que tramite asuntos, solicitudes o procedimientos legales ante este organismo.
Durante los días señalados, además de los sábados y domingos, las oficinas suspenden actividades presenciales ordinarias y se pausan los plazos legales.
Entra en vigor en la fecha que señala el propio documento: 1 de enero de 2027.
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1.° de enero de 2027.
Se establecen como días de suspensión de labores del Instituto, para el año 2027, durante los cuales no correrán plazos, ni vencerán términos legales, además de los sábados y domingos
Que, en adición a lo establecido por el Calendario Oficial vigente, las Condiciones Generales de Trabajo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en el artículo 45, determinan el 8 de julio, día del trabajador del INEGI, como día de descanso obligatorio.
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 15 de octubre de 2026, Edición matutina. Acuerdo por el que se establece el Calendario Oficial de Suspensión de Labores del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el año 2027.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Diario Oficial de la Federación
15 de octubre de 2026 · Edición matutina
Acuerdo por el que se establece el Calendario Oficial de Suspensión de Labores del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el año 2027
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