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Gaceta del Gobierno del Estado de México Acuerdo

El IEEM prohíbe reutilizar asociaciones civiles previas para candidaturas independientes

El Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) determinó, en respuesta a una consulta presentada el 22 de septiembre de 2026 por un ciudadano de identidad reservada con iniciales JMS, que las personas interesadas en postularse a candidaturas independientes para el Proceso Electoral de Diputaciones y Ayuntamientos 2026-2027 no pueden utilizar asociaciones civiles creadas para comicios anteriores ni modificar su objeto. Las y los aspirantes deben constituir una nueva asociación civil ante notaría, tramitar su propio RFC y aperturar una cuenta bancaria a nombre de dicha persona jurídica.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 13 de octubre de 2026

A quién afectaAl ciudadano de identidad reservada con iniciales JMS, quien formuló la consulta, y a…
Publicado13.10.2026
EmiteInstituto Electoral del Estado de México — Sección Segunda (8 Págs.)

Documento extenso: esta explicación se basa en el inicio y el cierre del documento. Consulta el documento oficial completo para conocer todas sus disposiciones.

En breve: El Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) determinó, en respuesta a una consulta presentada el 22 de septiembre de 2026 por un ciudadano de identidad reservada con iniciales JMS, que las personas interesadas en postularse a candidaturas independientes para el Proceso Electoral de Diputaciones y Ayuntamientos 2026-2027 no pueden utilizar asociaciones civiles creadas para comicios anteriores ni modificar su objeto. Las y los aspirantes deben constituir una nueva asociación civil ante notaría, tramitar su propio RFC y aperturar una cuenta bancaria a nombre de dicha persona jurídica.

¿Qué resolvió el IEEM sobre el uso de asociaciones civiles en candidaturas independientes?

El Consejo General del IEEM respondió a la consulta presentada el 22 de septiembre de 2026 por el ciudadano con iniciales JMS y ratificó que quien aspire a una candidatura independiente para el proceso 2026-2027 debe constituir una nueva asociación civil con objeto exclusivo para dicha elección, sin que sea válido reutilizar figuras de procesos previos ni con fines sociales distintos. Asimismo, se refirió que en sesión ordinaria del 29 de septiembre de 2026 el Consejo General aprobó la recepción supletoria de los escritos de manifestación de intención (EMI) y la expedición de la Convocatoria correspondiente.

¿Se pueden usar asociaciones civiles de elecciones pasadas en el Estado de México?

No modifica una ley anterior; aclara y confirma la aplicación obligatoria de los requisitos del Reglamento para el proceso de selección y registro de candidaturas independientes ante una consulta ciudadana concreta.

¿A quién aplica la respuesta del IEEM sobre asociaciones civiles para independientes?

Al ciudadano de identidad reservada con iniciales JMS, quien formuló la consulta, y a toda la ciudadanía interesada en postularse a candidaturas independientes para cargos de diputaciones locales e integrantes de los ayuntamientos en el Estado de México en el Proceso Electoral 2026-2027.

¿Qué documentos exige el IEEM para registrar una asociación civil de candidatura?

Junto con el Escrito de manifestación de intención (EMI), las personas interesadas deben entregar: acta constitutiva ante notaría pública de una asociación civil nueva conforme al modelo único aprobado por el Consejo General, constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes expedida por el SAT y carátula de la cuenta bancaria aperturada a nombre de la asociación civil.

¿Desde cuándo surte efectos el acuerdo IEEM/CG/56/2026 en el Estado de México?

Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.

¿Qué plazos fija?

  • Notificación personal del acuerdo a la persona peticionaria en su domicilio

Fuente oficial: Gaceta del Gobierno del Estado de México, 13 de octubre de 2026, Sección Segunda. Instituto Electoral del Estado de México: Acuerdo N°. IEEM/CG/56/2026.- Por el que se emite respuesta a la Consulta formulada por un ciudadano del Estado de México.

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Gaceta del Gobierno del Estado de México

13 de octubre de 2026 · Sección Segunda

Instituto Electoral del Estado de México: Acuerdo N°. IEEM/CG/56/2026.- Por el que se emite respuesta a la Consulta formulada por un ciudadano del Estado de México

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