El Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco delega facultades para la suscripción de contratos y convenios de servicios médicos a la Dirección de Servicios Médicos.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 3 de noviembre de 2026
En breve: El Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco delega facultades para la suscripción de contratos y convenios de servicios médicos a la Dirección de Servicios Médicos.
La delegación de facultades para la suscripción de contratos de prestación de servicios profesionales para la atención médica subrogada, así como de convenios y demás instrumentos jurídicos relacionados con los servicios médicos del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco.
A la Dirección de Servicios Médicos del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco y a los prestadores de servicios médicos.
La delegación se realiza con estricto apego a la normativa aplicable y previa validación de los instrumentos legales por la Dirección de Jurídico del Instituto.
Entra en vigor al día siguiente de su publicación: 4 de noviembre de 2026.
El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco" y mantendrá su vigencia en tanto no sea revocado expresamente por esta Dirección General.
Se delegan de manera expresa a favor del Dr. Michel Bureau Chávez, Titular de la Dirección de Servicios Médicos del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, las siguientes facultades:
Suscribir los Contratos de Prestación de Servicios Profesionales para la Atención Médica Subrogada que celebre el Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco con entes públicos, privados o sociales, así como con personas físicas.
Suscribir los convenios de coordinación, colaboración o prestación de servicios que celebre el Instituto con entes públicos, privados o sociales en materia de servicios médicos.
Suscribir los convenios modificatorios y de terminación de los contratos y convenios a que se refieren los numerales anteriores.
Fuente oficial: Periódico Oficial de Jalisco, 3 de noviembre de 2026, Número 13, Sección III. ACUERDO Delegatorio DG/011/2026 del Director General del Organismo Público Descentralizado "Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco" (IPEJAL), mediante el cual, con fundamento en la ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, el Reglamento Interno y el Reglamento General de Prestaciones del Instituto, se delegan facultades para la suscripción de contratos de prestación de servicios profesionales para la atención médica subrogada, así como de convenios y demás instrumentos jurídicos relacionados directamente con los servicios médicos del instituto, en favor de la persona titular .
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Periódico Oficial de Jalisco
3 de noviembre de 2026 · Número 13, Sección III
ACUERDO Delegatorio DG/011/2026 del Director General del Organismo Público Descentralizado "Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco" (IPEJAL), mediante el cual, con fundamento en la ley del Instituto de Pensiones del Estado de…
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