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Diario Oficial de la Federación Acuerdo Vigente desde el 12 de octubre

CONDUSEF suspende atención presencial y plazos en Nayarit el 12 de octubre

La CONDUSEF anuncia que el 12 de octubre de 2026 no habrá atención presencial en su Unidad de Atención a Usuarios Occidente 5 en Nayarit. Ese día se considera inhábil, por lo que no cuentan los plazos legales para trámites presenciales, aunque se podrán realizar gestiones por internet.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 22 de octubre de 2026

A quién afectaUsuarios de servicios financieros, representantes de instituciones financieras y…
Desde cuándo12.10.2026
EmiteComisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros

En breve: La CONDUSEF anuncia que el 12 de octubre de 2026 no habrá atención presencial en su Unidad de Atención a Usuarios Occidente 5 en Nayarit. Ese día se considera inhábil, por lo que no cuentan los plazos legales para trámites presenciales, aunque se podrán realizar gestiones por internet.

¿Qué decide la CONDUSEF sobre la atención en Nayarit el 12 de octubre de 2026?

Declara inhábil el 12 de octubre de 2026 para efectos de plazos y términos legales en la Unidad de Atención a Usuarios Occidente 5 de Nayarit. Suspende la atención presencial ese día, permitiendo únicamente trámites por vía remota a través del portal de internet de la CONDUSEF.

¿A quién le aplica la suspensión de la CONDUSEF en Nayarit el 12 de octubre?

Usuarios de servicios financieros, representantes de instituciones financieras y servidores públicos que tengan asuntos en trámite ante la Unidad de Atención a Usuarios Occidente 5 en Nayarit.

¿Qué requisitos y condiciones hay?

La suspensión aplica solo para la atención presencial. Los procedimientos que se llevan a cabo por vía remota a través de la página de Internet de la CONDUSEF, así como a través de la plataforma de Queja Electrónica, quedan exceptuados de lo dispuesto en el artículo primero (regla de días inhábiles).

¿Desde cuándo aplica la suspensión de la CONDUSEF en Nayarit?

Entra en vigor en la fecha que señala el propio documento: 12 de octubre de 2026.

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día 12 de octubre de 2026.

¿Qué plazos fija?

  • Suspensión de atención presencial y cómputo de plazos (12 de octubre de 2026)

Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 22 de octubre de 2026, Edición matutina. Acuerdo por el que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros hace del conocimiento del público en general, la suspensión de los términos y plazos, así como la atención presencial en la Unidad de Atención a Usuarios Occidente 5, ubicada en el Estado de Nayarit, el día 12 de octubre de 2026.

Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.

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Diario Oficial de la Federación

22 de octubre de 2026 · Edición matutina

Acuerdo por el que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros hace del conocimiento del público en general, la suspensión de los términos y plazos, así como la atención presencial en la…

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