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Gaceta Oficial de la Ciudad de México Aviso Entra en vigor mañana

Ciudad de México: chatarrización de unidades de transporte público

La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México publica los lineamientos para el retiro voluntario de unidades de transporte público con 10 o más años de antigüedad en las rutas 1 y 22 del Centro Histórico.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 22 de octubre de 2026

A quién afectaA las personas concesionarias que prestan el servicio de transporte público colectivo en…
Desde cuándo23.10.2026
EmiteSecretaría de Movilidad de la Ciudad de México — Págs. 3 a 21 del Pdf

Documento extenso: esta explicación se basa en el inicio y el cierre del documento. Consulta el documento oficial completo para conocer todas sus disposiciones.

En breve: La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México publica los lineamientos para el retiro voluntario de unidades de transporte público con 10 o más años de antigüedad en las rutas 1 y 22 del Centro Histórico.

¿Qué lineamientos establece la Ciudad de México para chatarrizar unidades de transporte público?

Los lineamientos para la chatarrización de unidades de transporte público en las rutas 1 y 22 del Centro Histórico de la Ciudad de México.

¿A quiénes afecta la chatarrización de unidades de transporte público en la Ciudad de México?

A las personas concesionarias que prestan el servicio de transporte público colectivo en las rutas 1 y 22 del Centro Histórico de la Ciudad de México.

¿Qué requisitos deben cumplir las unidades para ser chatarrizadas en la Ciudad de México?

Las unidades deben tener 10 o más años de antigüedad y estar vinculadas a las concesiones de las rutas 1 y 22.

¿Desde cuándo aplican los lineamientos de chatarrización de unidades de transporte público en la Ciudad de México?

Entra en vigor al día siguiente de su publicación: 23 de octubre de 2026.

El presente Aviso entrará en vigor el día siguiente hábil al de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

¿Qué dice textualmente el documento?

El artículo 13, apartado E, de la Constitución Política de la Ciudad de México reconoce el derecho de toda persona a la movilidad en condiciones de seguridad, accesibilidad, comodidad, eficiencia, calidad, igualdad e inclusión.

El Gobierno de la Ciudad de México ha impulsado la modernización del servicio de transporte público concesionado como una política pública orientada a mejorar la seguridad vial, la calidad del servicio, la eficiencia operativa, la accesibilidad, la sustentabilidad ambiental y la integración del Sistema Integrado de Transporte Público.

La Secretaría podrá auxiliarse del Comité de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público para proponer e implementar mecanismos que contribuyan al mejoramiento del servicio de transporte público.

Fuente oficial: Gaceta Oficial de la Ciudad de México, 22 de octubre de 2026, Número 1973. Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México: Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos de operación de la acción social denominada “Segundo programa de chatarrización para el retiro voluntario de unidades con 10 o más años de antigüedad vinculadas a las concesiones que prestan el servicio de transporte de pasajeros público colectivo concesionado de las rutas 1 y 22, ramales del Centro Histórico de la Ciudad de México, a cargo del Fideicomiso para el Fondo de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público.

Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.

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Documento oficial

Gaceta Oficial de la Ciudad de México

22 de octubre de 2026 · Número 1973

Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México: Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos de operación de la acción social denominada “Segundo programa de chatarrización para el retiro voluntario de unidades con 10 o más años de…

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