El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales dejó sin efectos el Criterio 6/2015 del Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal. Esta regla consideraba a las empresas productivas subsidiarias como instituciones destinatarias de inmuebles federales, figura que quedó sin sustento tras la extinción legal de dichas filiales y la reorganización de Pemex y CFE como empresas públicas del Estado.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 20 de octubre de 2026
En breve: El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales dejó sin efectos el Criterio 6/2015 del Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal. Esta regla consideraba a las empresas productivas subsidiarias como instituciones destinatarias de inmuebles federales, figura que quedó sin sustento tras la extinción legal de dichas filiales y la reorganización de Pemex y CFE como empresas públicas del Estado.
Deja formalmente sin efectos el Criterio No. 06/2015 de aplicación general emitido por el Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal.
Elimina el Criterio No. 06/2015, publicado el 1 de abril de 2016, que otorgaba el carácter de instituciones destinatarias sobre inmuebles federales a las empresas productivas del Estado y a sus empresas subsidiarias.
A dependencias federales, a la Oficina de la Presidencia de la República, a las entidades de la administración pública federal y en particular a Petróleos Mexicanos y a la Comisión Federal de Electricidad en la gestión de sus inmuebles federales.
Entra en vigor al día siguiente de su publicación: 21 de octubre de 2026.
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
el Criterio No. 06/2015, de aplicación general en materia de Empresas Productivas del Estado y sus Empresas Productivas Subsidiarias, relativo a que dichas Empresas tendrán el carácter de instituciones destinatarias con relación a los inmuebles federales que se encuentran sujetos al régimen de dominio público de la federación.
CFE y PEMEX emitieron su opinión respecto de la aplicabilidad y vigencia del Criterio referido, a lo cual ambas instituciones manifestaron que dicho instrumento resultaba inaplicable, en virtud de la extinción por ministerio de ley de las Empresas Productivas Subsidiarias
Se deja sin efectos el Criterio No. 06/2015, de aplicación general, en materia de Empresas Productivas del Estado y sus Empresas Productivas Subsidiarias, aprobado por el Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal y publicado el 1 de abril de 2016 en el Diario Oficial de la Federación.
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 20 de octubre de 2026, Edición matutina. Acuerdo por el que se deja sin efectos el Criterio No. 6/2015 de aplicación general, en materia de Empresas Productivas del Estado y sus Empresas Productivas Subsidiarias, emitido por el Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Diario Oficial de la Federación
20 de octubre de 2026 · Edición matutina
Acuerdo por el que se deja sin efectos el Criterio No. 6/2015 de aplicación general, en materia de Empresas Productivas del Estado y sus Empresas Productivas Subsidiarias, emitido por el Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y…
Ver el documento oficialAnte cualquier diferencia, prevalece el texto de la fuente oficial.
Explicamos el documento oficial en lenguaje claro, con asistencia de IA. Solo se publica si sus citas aparecen tal cual en la fuente.