La Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura del Estado de México aprobó la subdivisión en dos lotes y la constitución del régimen de condominio horizontal habitacional para un predio de más de 61 mil metros cuadrados en Ixtapan de la Sal. El proyecto contempla 28 áreas privativas y supedita su desarrollo a licencias municipales y la prestación temporal gratuita de servicios.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 15 de octubre de 2026
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En breve: La Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura del Estado de México aprobó la subdivisión en dos lotes y la constitución del régimen de condominio horizontal habitacional para un predio de más de 61 mil metros cuadrados en Ixtapan de la Sal. El proyecto contempla 28 áreas privativas y supedita su desarrollo a licencias municipales y la prestación temporal gratuita de servicios.
Se autoriza la subdivisión de un predio en dos lotes y el desarrollo del condominio horizontal habitacional de tipo residencial alto denominado 'El Divisadero Sección Lago', integrado por 28 áreas privativas para igual número de viviendas en Ixtapan de la Sal. Asimismo, se fija la obligación de conservar la infraestructura y proveer servicios de agua, drenaje, alumbrado, vigilancia y recolección de basura sin costo a los compradores hasta la entrega formal.
No modifica normatividad general previa; autoriza el régimen de condominio y la subdivisión específica para el predio señalado.
A los propietarios y desarrolladores del predio en el municipio de Ixtapan de la Sal, a las autoridades municipales que deberán tramitar las licencias y a los futuros compradores de las viviendas.
Obtener previamente las licencias municipales de construcción, cumplir los requerimientos técnicos y ambientales que sustentan el acuerdo, apegarse al plano único de condominio y garantizar la gratuidad de los servicios básicos a los adquirentes hasta su entrega formal.
Su entrada en vigor depende de una condición que señala el documento.
surtirá sus efectos legales el día siguiente a la fecha de su notificación y tendrá vigencia de un año contando a partir del día hábil siguiente a la fecha de la emisión del presente oficio
Del mismo modo, deberán mantener y conservar las obras de infraestructura primaria y de urbanización, así como prestar gratuitamente los servicios de suministro de agua potable y drenaje, alumbrado público, vigilancia y recolección de basura a los adquirentes
Previo al uso y aprovechamiento de las áreas privativas, se deberán obtener las licencias municipales de construcción y demás autorizaciones que correspondan, de conformidad con lo establecido en el Libro Quinto Código Administrativo del Estado de México.
Fuente oficial: Gaceta del Gobierno del Estado de México, 15 de octubre de 2026, Sección Primera. Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura: Acuerdo por el que se autoriza a los Ciudadanos Martha Angelina Niembro Domínguez, José Javier González Heredia, Francisco Javier Niembro Domínguez, María Teresa Niembro Carsi, Rasec Niembro Urista, Cecilia Fernández Aguirre en carácter de Única y Universal Heredera y Albacea de la Sucesión a Bienes del Señor Efraín Niembro Domíngues, la subdivisión en 2 lotes y el condominio horizontal habitacional de tipo residencial alto denominado “El Divisadero Sección Lago”, ubicado en Calle sin nombre, No. 01, Rancho Altotonga, Lote 04, Llano de San Die.
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Gaceta del Gobierno del Estado de México
15 de octubre de 2026 · Sección Primera
Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura: Acuerdo por el que se autoriza a los Ciudadanos Martha Angelina Niembro Domínguez, José Javier González Heredia, Francisco Javier Niembro Domínguez, María Teresa Niembro Carsi, Rasec…
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