La Secretaría de Marina dio a conocer la autorización de las tarifas actualizadas para el cobro por el uso de infraestructura portuaria en el Puerto de Cabo San Lucas, a solicitud de la Administración del Sistema Portuario Nacional local.
Explicado el 1 de octubre de 2026 · Publicado en la fuente oficial el 1 de octubre de 2026
En breve: La Secretaría de Marina dio a conocer la autorización de las tarifas actualizadas para el cobro por el uso de infraestructura portuaria en el Puerto de Cabo San Lucas, a solicitud de la Administración del Sistema Portuario Nacional local.
Establece la aprobación del ajuste y actualización de las tarifas por el uso de infraestructura portuaria en el Puerto de Cabo San Lucas, Baja California Sur, las cuales están disponibles para consulta pública a través de un enlace oficial en internet.
Actualiza las tarifas de cobro por el uso de bienes e infraestructura portuaria que aplica la Administración del Sistema Portuario Nacional Cabo San Lucas, S.A. de C.V.
A las personas físicas, empresas y operadores marítimos o comerciales que utilicen la infraestructura del Puerto de Cabo San Lucas.
Las tarifas autorizadas están sujetas a consulta en la liga web oficial proporcionada por la Secretaría de Marina y aplican a las actividades en dicho puerto.
Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 1 de octubre de 2026, Edición matutina. Aviso por el que se dan a conocer las tarifas autorizadas para el cobro por el uso de infraestructura portuaria, aplicables en el Puerto de Cabo San Lucas, B.C.S.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Diario Oficial de la Federación
1 de octubre de 2026 · Edición matutina
Aviso por el que se dan a conocer las tarifas autorizadas para el cobro por el uso de infraestructura portuaria, aplicables en el Puerto de Cabo San Lucas, B.C.S
Ver el documento oficialAnte cualquier diferencia, prevalece el texto de la fuente oficial.
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