La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el cobro de $150 por el registro de nacimientos en Coahuila, ordenando la invalidez del artículo 67 de la Ley de Hacienda local.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 4 de noviembre de 2026
Documento extenso: esta explicación se basa en el inicio y el cierre del documento. Consulta el documento oficial completo para conocer todas sus disposiciones.
En breve: La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el cobro de $150 por el registro de nacimientos en Coahuila, ordenando la invalidez del artículo 67 de la Ley de Hacienda local.
La invalidez del artículo 67, fracción I, de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza, que establecía un cobro de $150 por el registro de nacimientos.
El artículo 67, fracción I, de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como los artículos 45 y 47 del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales en materia de contribuciones estatales.
A las autoridades del Estado de Coahuila de Zaragoza y a las personas que desean registrar nacimientos en esa entidad.
La invalidez del artículo 67, fracción I, de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza surtirá efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso local.
Su entrada en vigor depende de una condición que señala el documento.
La declaratoria de invalidez surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso local.
El artículo 67, fracción I, de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza que prevé que el servicio que presta el Registro Civil de esa entidad federativa consistente en 'registro de nacimientos' generará el cobro de derechos por $150.00, es contrario a los diversos 4 de la Constitución.
El artículo 67, fracción I, de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza, reformado mediante Decreto 420, publicado el treinta de diciembre de dos mil veinticinco, en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa.
La declaratoria de invalidez surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso local.
El servicio que presta el Registro Civil de esa entidad federativa consistente en 'registro de nacimientos' generará el cobro de derechos por $150.00.
El artículo 67, fracción I, de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza contraviene los artículos 1 y 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 4 de noviembre de 2026, Edición matutina. Sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 27/2026.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Diario Oficial de la Federación
4 de noviembre de 2026 · Edición matutina
Sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 27/2026
Ver el documento oficialAnte cualquier diferencia, prevalece el texto de la fuente oficial.
Explicamos el documento oficial en lenguaje claro, con asistencia de IA. Solo se publica si sus citas aparecen tal cual en la fuente.