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Cambian fechas y reglas para licitación de crédito en Yucatán

El gobierno de Yucatán modifica la convocatoria para el proceso competitivo y licitatorio de un crédito de hasta $306 millones para refinanciar deuda.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 3 de noviembre de 2026

A quién afectaA las instituciones financieras interesadas en participar en la licitación y al gobierno…
Publicado03.11.2026
EmiteEducación — Págs. 7 a 10 del Pdf

En breve: El gobierno de Yucatán modifica la convocatoria para el proceso competitivo y licitatorio de un crédito de hasta $306 millones para refinanciar deuda.

¿Qué cambios se hicieron a la convocatoria de licitación de crédito en Yucatán?

Se ajustan fechas y reglas para la licitación de un crédito de hasta $306 millones para refinanciar deuda del Estado de Yucatán.

¿Qué modificaciones se hicieron a la convocatoria de licitación de crédito en Yucatán?

Se modifican fechas y condiciones de la convocatoria para la licitación de un crédito.

¿A quiénes afecta la modificación de la convocatoria de licitación de crédito en Yucatán?

A las instituciones financieras interesadas en participar en la licitación y al gobierno del Estado de Yucatán.

¿Qué deben hacer las instituciones financieras para participar en la licitación de crédito en Yucatán?

Las instituciones financieras deben apegarse al perfil de amortización propuesto y prever una afectación proporcional de participaciones.

¿Cuándo se dará a conocer el fallo de la licitación de crédito en Yucatán?

El documento no precisa su entrada en vigor.

¿Qué plazos fija?

  • Fallo de la licitación (17 de noviembre de 2026)

¿Qué montos menciona?

  • Crédito para refinanciamiento: $306,931,762.00

¿Qué dice textualmente el documento?

Se determina como límite máximo superior de afectación para el total del Monto del Financiamiento objeto de la presente licitación hasta el 1.6880% (uno punto seis mil ochocientos ochenta por ciento) de los ingresos mensuales por concepto de participaciones en ingresos federales del Estado de Yucatán

El Estado se reserva el derecho de adjudicar el Financiamiento, en caso de que determine diferir la contratación del Financiamiento solicitado podrá realizar posteriormente un nuevo proceso competitivo.

Fuente oficial: Diario Oficial de Yucatán, 3 de noviembre de 2026, Edición ordinaria. EDUCACIÓN: Y BENEMÉRITA ARTÍSTICA DEL INSTITUCIÓN ESTADO DE DE LA YUCATÁN” (SUPLEMENTO) DECRETO 247/2026 POR EL QUE SE DECLARA A LA ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE YUCATÁN “PROFESOR ANTONIO BETANCOURT PÉREZ” COMO “BENEMÉRITA E ILUSTRE INSTITUCIÓN FORMADORA DE PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN DEL ESTADO DE YUCATÁN” (SUPLEMENTO) DECRETO 248/2026 POR EL QUE SE DECLARA AL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE TIZIMÍN, COMO “BENEMÉRITA E ILUSTRE INSTITUCIÓN FORMADORA DE PROFESIONALES AGROPECUARIOS EN EL ORIENTE DEL ESTADO DE YUCATÁN”. (SUPLEMENTO) DECRETO 249/2026 POR EL QUE SE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE YU.

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Diario Oficial de Yucatán

3 de noviembre de 2026 · Edición ordinaria

EDUCACIÓN: Y BENEMÉRITA ARTÍSTICA DEL INSTITUCIÓN ESTADO DE DE LA YUCATÁN” (SUPLEMENTO) DECRETO 247/2026 POR EL QUE SE DECLARA A LA ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE YUCATÁN “PROFESOR ANTONIO BETANCOURT PÉREZ” COMO “BENEMÉRITA E ILUSTRE…

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