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Tamaulipas define ganadería regenerativa en su ley de ganadería

El Congreso de Tamaulipas adiciona una fracción al artículo 6 de la Ley de Ganadería para definir la ganadería regenerativa.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 28 de octubre de 2026

A quién afectaA los ganaderos y productores pecuarios del estado de Tamaulipas.
Desde cuándo29.10.2026
EmiteSecretaría General — Págs. 12 a 13 del Pdf

En breve: El Congreso de Tamaulipas adiciona una fracción al artículo 6 de la Ley de Ganadería para definir la ganadería regenerativa.

¿Qué es la ganadería regenerativa en Tamaulipas?

La ganadería regenerativa es un modelo de producción pecuaria orientado a la reversión de la degradación y la restauración de los ecosistemas.

¿A quiénes afecta la definición de ganadería regenerativa en Tamaulipas?

A los ganaderos y productores pecuarios del estado de Tamaulipas.

¿Qué requisitos y condiciones hay?

La ganadería regenerativa incluye prácticas sustentables para restaurar y conservar la fertilidad y salud de los suelos, incrementar la biodiversidad, favorecer la sustentabilidad, infiltración y retención del agua, controlar y reducir la erosión, capturar carbono y gases de efecto invernadero para la mitigación del cambio climático, así como generar alimentos de origen animal de manera socialmente aceptable, económicamente rentable y sostenible.

¿Desde cuándo aplica la definición de ganadería regenerativa en Tamaulipas?

Entra en vigor al día siguiente de su publicación: 29 de octubre de 2026.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

¿Qué dice textualmente el documento?

Ganadería regenerativa: El modelo de producción pecuaria orientado a la reversión de la degradación y la restauración de los ecosistemas, mediante el manejo planificado y rotacional del pastoreo, la diversificación de especies forrajeras y la integración de prácticas sustentables.

Enfocado en restaurar y conservar la fertilidad y salud de los suelos, incrementar la biodiversidad, favorecer la sustentabilidad, infiltración y retención del agua, controlar y reducir la erosión, capturar carbono y gases de efecto invernadero para la mitigación del cambio climático, así como generar alimentos de origen animal de manera socialmente aceptable, económicamente rentable y sostenible.

Fuente oficial: Periódico Oficial de Tamaulipas, 28 de octubre de 2026, Número 129. SECRETARÍA GENERAL: DECRETO No. 66-1437 mediante el cual se adiciona una fracción XXXII Bis al artículo 6, de la Ley de Ganadería para el Estado de Tamaulipas.

Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.

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Documento oficial

Periódico Oficial de Tamaulipas

28 de octubre de 2026 · Número 129

SECRETARÍA GENERAL: DECRETO No. 66-1437 mediante el cual se adiciona una fracción XXXII Bis al artículo 6, de la Ley de Ganadería para el Estado de Tamaulipas

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Ante cualquier diferencia, prevalece el texto de la fuente oficial.

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