El Gobierno Federal decretó la expropiación por causa de utilidad pública de 107,378.835 m² correspondientes a 98 inmuebles de propiedad privada en los municipios de Mineral de la Reforma, Tizayuca, Tolcayuca, Villa de Tezontepec y Zapotlán de Juárez en el estado de Hidalgo, y Tecámac, Temascalapa y Zumpango en el estado de México, para el Tren Interurbano…
Explicado el 30 de septiembre de 2026 · Publicado en la fuente oficial el 30 de septiembre de 2026
En breve: El Gobierno Federal decretó la expropiación por causa de utilidad pública de 107,378.835 m² correspondientes a 98 inmuebles de propiedad privada en los municipios de Mineral de la Reforma, Tizayuca, Tolcayuca, Villa de Tezontepec y Zapotlán de Juárez en el estado de Hidalgo, y Tecámac, Temascalapa y Zumpango en el estado de México, para el Tren Interurbano AIFA-Pachuca. La Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado ocupará de manera inmediata los terrenos y debe cubrir con su presupuesto autorizado el monto de la indemnización según los avalúos oficiales. Asimismo, se deja parcialmente sin efectos la ocupación temporal previa, manteniendo vigente la del polígono AP-DOTE-004 en Tizayuca hasta su expropiación o compra.
Declara la expropiación por causa de utilidad pública de 107,378.835 m² pertenecientes a 98 inmuebles de propiedad privada (incluyendo construcciones e instalaciones) a favor de la Federación, por conducto de la Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado. Autoriza la ocupación inmediata de los bienes y precisa expresamente que la Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado debe cubrir con su presupuesto autorizado el monto de la indemnización a quienes acrediten su derecho, conforme a los avalúos del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN). Además, instruye a la SEDATU a inscribir el decreto en los registros públicos y notificar personalmente a los interesados.
Deja sin efectos la ocupación temporal del decreto publicado el 27 y 28 de mayo de 2026 relativa a 110,296.687 m² (99 inmuebles), con excepción de la ocupación temporal del polígono AP-DOTE-004 con folio 407795 en Tizayuca, la cual se mantendrá vigente hasta que se decrete su expropiación o se concluya su adquisición por cualquier acto jurídico traslativo de dominio.
A las personas propietarias de los 98 inmuebles de propiedad privada ubicados en los municipios de Mineral de la Reforma, Tizayuca, Tolcayuca, Villa de Tezontepec y Zapotlán de Juárez en el estado de Hidalgo; así como Tecámac, Temascalapa y Zumpango en el estado de México.
El decreto entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación, las personas interesadas podrán acudir a procedimiento judicial únicamente para controvertir el monto de la indemnización. Ningún medio de defensa suspende la ocupación inmediata. Si los bienes no se destinan a la causa expropiatoria en cinco años, las personas afectadas podrán ejercer las acciones correspondientes dentro de un plazo de dos años.
Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 30 de septiembre de 2026, Edición matutina. Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 107,378.835 m² (ciento siete mil trescientos setenta y ocho punto ochocientos treinta y cinco metros cuadrados), a favor de la Federación, para la ejecución del proyecto Tren Interurbano AIFA- Pachuca, correspondiente a 98 (noventa y ocho) inmuebles de propiedad privada, ubicados en los municipios de Mineral de la Reforma, Tizayuca, Tolcayuca, Villa de Tezontepec y Zapotlán de Juárez en el estado de Hidalgo; Tecámac, Temascalapa y Zumpango en el estado de México, y se deja parcialmente sin efectos, el diverso por el .
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Diario Oficial de la Federación
30 de septiembre de 2026 · Edición matutina
Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 107,378.835 m² (ciento siete mil trescientos setenta y ocho punto ochocientos treinta y cinco metros cuadrados), a favor de la Federación, para la ejecución del…
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