El Congreso de Tamaulipas modificó el Código Municipal y el Código para el Desarrollo Sustentable del estado para incluir el concepto de viveros didácticos y establecer que las plantas producidas en ellos se destinen al equipamiento y mantenimiento de calles, parques y jardines públicos.
Explicado el 29 de septiembre de 2026 · Publicado en la fuente oficial el 29 de septiembre de 2026
En breve: El Congreso de Tamaulipas modificó el Código Municipal y el Código para el Desarrollo Sustentable del estado para incluir el concepto de viveros didácticos y establecer que las plantas producidas en ellos se destinen al equipamiento y mantenimiento de calles, parques y jardines públicos.
Define a los viveros didácticos como espacios públicos equipados para cultivar plantas con fines de enseñanza ambiental y científica. Asimismo, establece que el equipamiento de calles, parques y jardines municipales se abastecerá con plantas obtenidas en dichos viveros y mediante otros mecanismos.
Reforma la fracción VII del artículo 170 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, y reforma la fracción LI y adiciona la fracción LII (recorriendo la subsecuente) al artículo 4 del Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas.
A los ayuntamientos de Tamaulipas, a las dependencias municipales y estatales encargadas del medio ambiente y los servicios públicos, y a la población que utiliza los parques, calles y jardines de la entidad.
Entra en vigor después de un plazo posterior a su publicación.
ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor, 120 días hábiles posteriores a su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Viveros didácticos: Espacios públicos delimitados y equipados, para cultivo de plantas, con el objeto principal de la enseñanza, pedagogía ambiental y científica sobre el ciclo biológico de las mismas
El presente Decreto entrará en vigor, 120 días hábiles posteriores a su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Fuente oficial: Periódico Oficial de Tamaulipas, 29 de septiembre de 2026, Número 116. SECRETARÍA GENERAL: DECRETO No. 66-1396 mediante el cual se reforma la fracción VII del artículo 170, del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas; y se reforma la fracción LI y se adiciona una fracción LIl, recorriéndose la subsecuente en su orden natural al artículo 4, del Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Periódico Oficial de Tamaulipas
29 de septiembre de 2026 · Número 116
SECRETARÍA GENERAL: DECRETO No. 66-1396 mediante el cual se reforma la fracción VII del artículo 170, del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas; y se reforma la fracción LI y se adiciona una fracción LIl, recorriéndose la…
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