Se publicaron las reglas de operación de la Comisión Transitoria de Transferencia, órgano encargado de coordinar la liquidación del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios, así como el traspaso de sus recursos y asuntos.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 16 de octubre de 2026
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En breve: Se publicaron las reglas de operación de la Comisión Transitoria de Transferencia, órgano encargado de coordinar la liquidación del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios, así como el traspaso de sus recursos y asuntos.
Establece la integración, funcionamiento y facultades de la Comisión Transitoria de Transferencia para definir directrices en la liquidación del instituto de transparencia mexiquense. Precisa que los cargos de sus miembros son honoríficos, define mecanismos para sesionar y votar acuerdos, y contempla la creación de grupos de trabajo técnicos en áreas como recursos humanos, financieros, materiales, sistemas y expedientes.
Fija las normas internas que guían los procedimientos de liquidación y transferencia de recursos y atribuciones del organismo de transparencia que fue extinguido conforme al Decreto 365.
A las personas servidoras públicas del instituto extinto y a las autoridades que integran la comisión: Secretaría de Finanzas, Secretaría de la Contraloría, Consejería Jurídica, Oficialía Mayor y la persona representante legal liquidadora.
Los acuerdos se adoptarán preferentemente por consenso y, en su defecto, por mayoría de votos; dichos acuerdos no sustituyen las atribuciones legales de las dependencias involucradas. Sus integrantes no recibirán sueldo ni compensación adicional por participar en la comisión.
Entra en vigor en la fecha que señala el propio documento: 1 de octubre de 2026.
SEGUNDO. Las presentes Reglas entran en vigor el día de su aprobación.
Las personas integrantes de la Comisión de Transitoria de Transferencia ejercerán sus cargos a título honorífico, por lo que no recibirán retribución, emolumento, ni compensación por su participación.
La Comisión sesionará con la periodicidad que determine conforme a la naturaleza o urgencia de los asuntos así lo requiera, para garantizar el cumplimiento oportuno de las obligaciones y plazos previstos en sus disposiciones transitorias.
Fuente oficial: Gaceta del Gobierno del Estado de México, 16 de octubre de 2026, Sección Primera. Comisión Transitoria de Transferencia: Reglas para el Funcionamiento de la Comisión Transitoria de Transferencia encargada de establecer los procedimientos y directrices para la liquidación del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Gaceta del Gobierno del Estado de México
16 de octubre de 2026 · Sección Primera
Comisión Transitoria de Transferencia: Reglas para el Funcionamiento de la Comisión Transitoria de Transferencia encargada de establecer los procedimientos y directrices para la liquidación del Instituto de Transparencia, Acceso a la…
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