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Yucatán publica lista de empresas de seguridad privada autorizadas y sancionadas

La Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Yucatán difundió el listado de empresas de seguridad privada con registro vigente o refrendado, así como las empresas cuyos registros fueron suspendidos o cancelados por incumplir con la presentación de informes mensuales.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 16 de octubre de 2026

A quién afectaA las empresas que prestan servicios de seguridad privada en el estado de Yucatán y a los…
Publicado16.10.2026
EmiteY Refrendadas Ante la Secretaría de Seguridad Pública — Págs. 17 a 29 del Pdf

Documento extenso: esta explicación se basa en el inicio y el cierre del documento. Consulta el documento oficial completo para conocer todas sus disposiciones.

En breve: La Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Yucatán difundió el listado de empresas de seguridad privada con registro vigente o refrendado, así como las empresas cuyos registros fueron suspendidos o cancelados por incumplir con la presentación de informes mensuales.

¿Qué empresas de seguridad privada están autorizadas en Yucatán?

El estatus de los registros y refrendos de empresas de seguridad privada que operan en diversas modalidades en el estado de Yucatán, precisando aquellas que cuentan con registro vigente, las que están suspendidas temporalmente y las que tienen el registro cancelado por reincidir en no presentar el informe mensual.

¿A quiénes aplica el registro de seguridad privada en Yucatán?

A las empresas que prestan servicios de seguridad privada en el estado de Yucatán y a los usuarios o contratantes de dichos servicios.

¿Qué deben cumplir las empresas de seguridad de Yucatán para no perder su registro?

Las empresas registradas deben cumplir con obligaciones periódicas, como la presentación de informes mensuales, para evitar la suspensión temporal o la cancelación definitiva de su registro estatal.

¿A partir de cuándo rige el registro de seguridad privada en Yucatán?

El documento no precisa su entrada en vigor.

Fuente oficial: Diario Oficial de Yucatán, 16 de octubre de 2026, Edición ordinaria. Y REFRENDADAS ANTE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA: DEL ESTADO DE YUCATÁN.

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Diario Oficial de Yucatán

16 de octubre de 2026 · Edición ordinaria

Y REFRENDADAS ANTE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA: DEL ESTADO DE YUCATÁN

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