El Gobierno del Estado de Yucatán modificó el Reglamento del Código de la Administración Pública estatal para actualizar la estructura orgánica y las facultades de la Secretaría de Administración y Finanzas. Entre los cambios destacan nuevas atribuciones para la Dirección General de Administración en compras, seguros y parque vehicular; la reorganización de la Subsecretaría de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; y la incorporación de áreas de protocolo y logística dentro de la Subsecretaría de Actividades Protocolarias.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 16 de octubre de 2026
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En breve: El Gobierno del Estado de Yucatán modificó el Reglamento del Código de la Administración Pública estatal para actualizar la estructura orgánica y las facultades de la Secretaría de Administración y Finanzas. Entre los cambios destacan nuevas atribuciones para la Dirección General de Administración en compras, seguros y parque vehicular; la reorganización de la Subsecretaría de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; y la incorporación de áreas de protocolo y logística dentro de la Subsecretaría de Actividades Protocolarias.
Reorganiza las áreas de la Secretaría de Administración y Finanzas de Yucatán. En la Dirección General de Administración se especifican atribuciones para contratar servicios, convocar licitaciones no consolidadas, coordinar seguros, supervisar telefonía y controlar el parque vehicular oficial. En la Subsecretaría de Tecnologías de la Información y Comunicaciones se integran direcciones de Vinculación Tecnológica, Informática y Gestión de Datos, Infraestructura, Ciberseguridad, Transformación e Innovación, y Gestión de Plataformas Digitales. Asimismo, regula las funciones de la Dirección General de Logística y la Dirección de Logística bajo la Subsecretaría de Actividades Protocolarias, además de actualizar funciones de asesoría y archivos en materia jurídica.
Reforma los artículos 58 (fracciones III, VI y X), 64, 64 Bis, 64 Ter (fracción XVIII), 64 Quater (fracciones III, IV, V y VI), 66 (fracción X), 66 Bis, 66 Ter, 66 Quater, 66 Quinquies, 69 Quinquies (fracción IX), 69 Sexies, 69 Sexies II, 69 Septies y 69 Decies IV (fracciones IV y X); adiciona diversos artículos y fracciones; y deroga las fracciones III, VI y IX del artículo 69 Decies IV del Reglamento del Código de la Administración Pública de Yucatán.
A las personas servidoras públicas y unidades administrativas de la Secretaría de Administración y Finanzas, así como a las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo de Yucatán que coordinan adquisiciones, eventos oficiales y tecnologías con dicha secretaría.
Entra en vigor al día siguiente de su publicación: 17 de octubre de 2026.
Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán.
Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán.
la Secretaría de Administración y Finanzas requiere contar con una estructura orgánica y disposiciones reglamentarias, acordes con las necesidades actuales de gestión gubernamental, que permitan delimitar con claridad sus atribuciones, fortalecer la coordinación institucional y propiciar un ejercicio eficiente, ordenado y transparente de las funciones públicas.
Fuente oficial: Diario Oficial de Yucatán, 16 de octubre de 2026, Edición 2. DECRETO 241/2026: POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE YUCATÁN, SOBRE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.
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Diario Oficial de Yucatán
16 de octubre de 2026 · Edición 2
DECRETO 241/2026: POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE YUCATÁN, SOBRE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
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