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Diario Oficial de la Federación Acuerdo Entra en vigor mañana

Regulan pesca y monitoreo de embarcaciones en el Norte del Golfo de California

Las secretarías de Agricultura, Medio Ambiente y Marina emitieron nuevas reglas para la pesca en el Norte del Golfo de California. El acuerdo define artes, métodos y horarios autorizados para embarcaciones menores y mayores, fija sitios de zarpe y arribo, y contempla un sistema de monitoreo para proteger a especies en riesgo como la vaquita marina y la totoaba. Además, se abrogan los acuerdos correspondientes de 2020 y 2021.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 14 de octubre de 2026

A quién afectaTitulares de concesiones y permisos de pesca, capitanes, patrones, motoristas…
Desde cuándo15.10.2026
EmiteSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Documento extenso: esta explicación se basa en el inicio y el cierre del documento. Consulta el documento oficial completo para conocer todas sus disposiciones.

En breve: Las secretarías de Agricultura, Medio Ambiente y Marina emitieron nuevas reglas para la pesca en el Norte del Golfo de California. El acuerdo define artes, métodos y horarios autorizados para embarcaciones menores y mayores, fija sitios de zarpe y arribo, y contempla un sistema de monitoreo para proteger a especies en riesgo como la vaquita marina y la totoaba. Además, se abrogan los acuerdos correspondientes de 2020 y 2021.

¿Qué medidas se fijan para pescar en el Norte del Golfo de California?

Establece la regulación de artes, sistemas, métodos, técnicas y horarios de pesca, así como los sitios autorizados de zarpe, desembarque y arribo. Asimismo, prevé la implementación coordinada de sistemas de monitoreo en embarcaciones menores y fija tareas de inspección y vigilancia a cargo de PROFEPA, CONANP y CONAPESCA con apoyo de la SEMAR.

¿Qué acuerdos anteriores se abrogan con las nuevas reglas pesqueras?

Abroga el Acuerdo que regulaba las actividades de pesca y monitoreo en el Norte del Golfo de California publicado el 24 de septiembre de 2020, así como el Acuerdo sobre factores detonantes publicado el 9 de julio de 2021.

¿A quiénes aplican las reglas de pesca en el Norte del Golfo de California?

Titulares de concesiones y permisos de pesca, capitanes, patrones, motoristas, tripulantes de embarcaciones menores y mayores, así como pescadores deportivos y prestadores de servicios de pesca deportivo-recreativa en el Norte del Golfo de California.

¿Qué sistema deben instalar las embarcaciones menores en el Golfo de California?

Utilizar únicamente las artes y métodos autorizados, operar en los horarios y zonas permitidas, salir y desembarcar exclusivamente en los sitios autorizados, y sujetarse a los sistemas de monitoreo e inspección.

¿Cuándo entra en vigor el nuevo acuerdo pesquero en el Golfo de California?

Entra en vigor al día siguiente de su publicación: 15 de octubre de 2026.

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

¿Qué plazos fija?

  • Implementar un sistema de monitoreo a prueba de alteraciones o manipulaciones en las embarcaciones menores, en un plazo no mayor a doce meses contados a partir de la autorización presupuestal correspondiente

¿Qué dice textualmente el documento?

La CONAPESCA, en coordinación con la SEMAR, implementará un sistema de monitoreo a prueba de alteraciones o manipulaciones, a las embarcaciones menores a las que se refiere el ARTÍCULO SEXTO del presente Acuerdo, en un plazo no mayor a doce meses contados a partir de la autorización presupuestal que corresponda.

En materia de inspección y vigilancia, las acciones requeridas para el cumplimiento de lo establecido en el presente Acuerdo estarán a cargo de la SEMARNAT, por conducto de la PROFEPA, con la intervención que corresponda a la CONANP, así como de AGRICULTURA, por conducto de la CONAPESCA

Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 14 de octubre de 2026, Edición vespertina. Acuerdo por el que se regulan artes, sistemas, métodos, técnicas y horarios para la realización de actividades de pesca con embarcaciones menores y mayores en Zonas Marinas Mexicanas en el Norte del Golfo de California y se establecen sitios de desembarque, así como el uso de Sistemas de Monitoreo para tales embarcaciones.

Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.

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Documento oficial

Diario Oficial de la Federación

14 de octubre de 2026 · Edición vespertina

Acuerdo por el que se regulan artes, sistemas, métodos, técnicas y horarios para la realización de actividades de pesca con embarcaciones menores y mayores en Zonas Marinas Mexicanas en el Norte del Golfo de California y se establecen…

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