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Gaceta del Gobierno del Estado de México Acuerdo

IEEM recibirá de forma supletoria manifestaciones de intención para candidaturas independientes

El Instituto Electoral del Estado de México determinó que la Oficialía de Partes de su órgano central recibirá directamente los escritos de manifestación de intención de las personas que busquen postularse por la vía independiente a diputaciones locales o ayuntamientos en los comicios 2026-2027. La medida se tomó porque el plazo de recepción comienza antes de que se instalen las juntas desconcentradas, por lo que el Consejo General del instituto también resolverá de manera directa la procedencia de cada solicitud.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 13 de octubre de 2026

A quién afectaA las personas interesadas en postularse a una candidatura independiente a una diputación…
Publicado13.10.2026
EmiteInstituto Electoral del Estado de México — Sección Segunda (8 Págs.)

Documento extenso: esta explicación se basa en el inicio y el cierre del documento. Consulta el documento oficial completo para conocer todas sus disposiciones.

En breve: El Instituto Electoral del Estado de México determinó que la Oficialía de Partes de su órgano central recibirá directamente los escritos de manifestación de intención de las personas que busquen postularse por la vía independiente a diputaciones locales o ayuntamientos en los comicios 2026-2027. La medida se tomó porque el plazo de recepción comienza antes de que se instalen las juntas desconcentradas, por lo que el Consejo General del instituto también resolverá de manera directa la procedencia de cada solicitud.

¿Dónde entregarán su intención quienes busquen una candidatura independiente en Edomex?

Establece que la ciudadanía interesada en una candidatura independiente a diputaciones locales o ayuntamientos entregará su escrito de manifestación de intención ante la Oficialía de Partes central del IEEM, en los horarios que señale la Convocatoria, y que el Consejo General resolverá supletoriamente sobre la procedencia o improcedencia de cada escrito.

¿Por qué el IEEM recibirá directamente las solicitudes de candidaturas independientes?

Centraliza la recepción y resolución de los trámites ante el Consejo General y la Oficialía de Partes del órgano central del IEEM, en lugar de hacerlo ante los órganos desconcentrados en los distritos y municipios, debido a que estos últimos aún no estarán instalados cuando inicie el plazo de entrega.

¿A quiénes aplica la entrega central de manifestaciones de intención electoral en Edomex?

A las personas interesadas en postularse a una candidatura independiente a una diputación local o a integrar un ayuntamiento en el Estado de México para el Proceso Electoral 2026-2027.

¿Dónde y cuándo deben llevar su escrito los aspirantes a candidaturas independientes?

La entrega debe realizarse ante la Oficialía de Partes central a partir del día siguiente a que se emita la Convocatoria respectiva, en el horario establecido en la misma y conforme a lo previsto en el artículo 10 del Reglamento para el Proceso de Selección y Registro de Candidaturas Independientes.

¿Desde cuándo entra en vigor el acuerdo del IEEM sobre candidaturas independientes?

Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.

¿Qué plazos fija?

  • Fecha límite para concluir el periodo de recabar apoyo de la ciudadanía para aspirantes a candidaturas independientes según la resolución del INE
  • Inicio del plazo para la entrega supletoria de escritos de manifestación de intención ante la Oficialía de Partes del IEEM

Fuente oficial: Gaceta del Gobierno del Estado de México, 13 de octubre de 2026, Sección Segunda. Instituto Electoral del Estado de México: Acuerdo N°. IEEM/CG/48/2026.- Por el que se determina la recepción supletoria de los escritos de manifestación de intención presentados por la ciudadanía interesada en postularse a una candidatura independiente en el Proceso Electoral para la Elección de Diputaciones y Ayuntamientos 2026-2027.

Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.

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13 de octubre de 2026 · Sección Segunda

Instituto Electoral del Estado de México: Acuerdo N°. IEEM/CG/48/2026.- Por el que se determina la recepción supletoria de los escritos de manifestación de intención presentados por la ciudadanía interesada en postularse a una candidatura…

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