El Congreso de Tamaulipas adicionó un artículo a la Ley de Salud estatal para que la Secretaría de Salud desarrolle programas de atención psicológica, contención emocional y prevención del desgaste profesional destinados al personal médico de instituciones públicas y a sus familiares en primer grado.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 12 de octubre de 2026
En breve: El Congreso de Tamaulipas adicionó un artículo a la Ley de Salud estatal para que la Secretaría de Salud desarrolle programas de atención psicológica, contención emocional y prevención del desgaste profesional destinados al personal médico de instituciones públicas y a sus familiares en primer grado.
Establece la obligación de la Secretaría de Salud de impulsar acciones y programas enfocados en atender, acompañar y proteger la salud mental del personal médico que trabaja en instituciones públicas de salud en Tamaulipas, así como de sus familiares directos en primer grado, a través de orientación psicológica, contención emocional y prevención del desgaste profesional en coordinación con las instituciones competentes.
Adiciona el artículo 61 Bis a la Ley de Salud para el Estado de Tamaulipas.
Al personal médico de las instituciones públicas de salud del estado de Tamaulipas, a sus familiares directos en primer grado y a la Secretaría de Salud estatal.
Laborar como personal médico en instituciones públicas de salud del Estado o ser familiar directo en primer grado de dicho personal.
Entra en vigor al día siguiente de su publicación: 13 de octubre de 2026.
ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
ARTÍCULO 61 Bis.- La Secretaría impulsará acciones y programas orientados a la atención, acompañamiento y protección de la salud mental del personal médico que labore en instituciones públicas de salud del Estado, así como de sus familiares directos en primer grado, mediante servicios de orientación psicológica, contención emocional y prevención del desgaste profesional, en coordinación con las instituciones competentes.
Fuente oficial: Periódico Oficial de Tamaulipas, 12 de octubre de 2026, Edición extraordinaria No. 39. ATENTAMENTE.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE: TAMAULIPAS.- AMÉRICO VILLARREAL ANAYA.- Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.HÉCTOR JOEL VILLEGAS GONZÁLEZ.- Rúbrica.
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Periódico Oficial de Tamaulipas
12 de octubre de 2026 · Edición extraordinaria No. 39
ATENTAMENTE.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE: TAMAULIPAS.- AMÉRICO VILLARREAL ANAYA.- Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.HÉCTOR JOEL VILLEGAS GONZÁLEZ.- Rúbrica
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