La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucionales diversos cobros fijados en la Ley de Ingresos 2026 del Municipio de Yahualica, Hidalgo. Dichos cobros gravaban con 28,288.04 pesos las licencias para antenas de radio, telefonía celular, televisión y comunicación. La Corte determinó que el municipio invadió facultades reservadas exclusivamente al gobierno federal en materia de telecomunicaciones.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 12 de octubre de 2026
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En breve: La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucionales diversos cobros fijados en la Ley de Ingresos 2026 del Municipio de Yahualica, Hidalgo. Dichos cobros gravaban con 28,288.04 pesos las licencias para antenas de radio, telefonía celular, televisión y comunicación. La Corte determinó que el municipio invadió facultades reservadas exclusivamente al gobierno federal en materia de telecomunicaciones.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de las porciones del artículo 26 de la Ley de Ingresos del Municipio de Yahualica para 2026 que imponían cobros a antenas de telecomunicación. Determinó que los municipios no pueden fijar cargas económicas específicas sobre infraestructura del sector telecomunicaciones, ya que se trata de una materia regulada exclusivamente por el ámbito federal.
Se anulan del artículo 26 de la Ley de Ingresos municipal los cobros anuales de 28,288.04 pesos por unidad para antenas de radio, telefonía celular, televisión y comunicación en fraccionamientos habitacionales y zonas rurales.
Al Ayuntamiento de Yahualica, al Congreso del Estado de Hidalgo y a las empresas concesionarias u operadoras de infraestructura de telecomunicaciones y radiodifusión en dicho municipio.
Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 12 de octubre de 2026, Edición matutina. Sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 191/2026, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra Sara Irene Herrerías Guerra.
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Diario Oficial de la Federación
12 de octubre de 2026 · Edición matutina
Sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 191/2026, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra Sara Irene Herrerías Guerra
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