El Congreso de Tamaulipas adiciona párrafos al artículo 198 Bis del Código Penal para endurecer penas contra quienes cometan delitos sexuales contra menores
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 28 de octubre de 2026
En breve: El Congreso de Tamaulipas adiciona párrafos al artículo 198 Bis del Código Penal para endurecer penas contra quienes cometan delitos sexuales contra menores
Se adicionan los párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo al artículo 198 Bis del Código Penal para el Estado de Tamaulipas.
Se endurecen las penas para delitos sexuales contra menores y se establecen sanciones adicionales para servidores públicos y profesionistas.
A personas que cometan delitos sexuales contra menores, servidores públicos y profesionistas.
El responsable del delito deberá ser sujeto a tratamiento médico integral hasta por un plazo igual al de la pena de prisión impuesta.
Entra en vigor al día siguiente de su publicación: 29 de octubre de 2026.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
La misma pena se aplicará a quien cometa dicha conducta en contra de la persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o para resistirlo.
El responsable del delito deberá ser sujeto a tratamiento médico integral hasta por un plazo igual al de la pena de prisión impuesta.
Además, el responsable del delito perderá, en su caso, la patria potestad, la tutela, la curatela, la adopción, el derecho de alimentos y el derecho que pudiera tener respecto de los bienes de la víctima, en términos de la legislación civil.
Cuando el delito fuere cometido por una persona servidora pública o profesionista en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, además de la pena de prisión respectiva, será inhabilitada, destituida o suspendida de su empleo, cargo o comisión hasta por un término igual a la pena de prisión impuesta.
Fuente oficial: Periódico Oficial de Tamaulipas, 28 de octubre de 2026, Número 129. SECRETARÍA GENERAL: DECRETO No. 66-1430 mediante el cual se adicionan los párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo al artículo 198 Bis, del Código Penal para el Estado de Tamaulipas.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Periódico Oficial de Tamaulipas
28 de octubre de 2026 · Número 129
SECRETARÍA GENERAL: DECRETO No. 66-1430 mediante el cual se adicionan los párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo al artículo 198 Bis, del Código Penal para el Estado de Tamaulipas
Ver el documento oficialAnte cualquier diferencia, prevalece el texto de la fuente oficial.
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