Viernes 30 de octubre de 2026 DOF 15 Periódicos estatales 24 Comunicados 26 Estados con novedades 11/32
Periódico Oficial de Tamaulipas Reforma Vigente desde el 29 de octubre

Tamaulipas endurece penas por delitos contra menores

El Congreso de Tamaulipas adiciona párrafos al artículo 198 Bis del Código Penal para endurecer penas contra quienes cometan delitos sexuales contra menores

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 28 de octubre de 2026

A quién afectaA personas que cometan delitos sexuales contra menores, servidores públicos y…
Desde cuándo29.10.2026
EmiteSecretaría General — Págs. 5 a 6 del Pdf

En breve: El Congreso de Tamaulipas adiciona párrafos al artículo 198 Bis del Código Penal para endurecer penas contra quienes cometan delitos sexuales contra menores

¿Qué penas se aplican en Tamaulipas a delitos sexuales contra menores?

Se adicionan los párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo al artículo 198 Bis del Código Penal para el Estado de Tamaulipas.

¿Qué sanciones adicionales se aplican a servidores públicos en Tamaulipas por delitos sexuales?

Se endurecen las penas para delitos sexuales contra menores y se establecen sanciones adicionales para servidores públicos y profesionistas.

¿A quiénes afecta la reforma al artículo 198 Bis del Código Penal de Tamaulipas?

A personas que cometan delitos sexuales contra menores, servidores públicos y profesionistas.

¿Qué tratamiento médico deben recibir los responsables de delitos sexuales en Tamaulipas?

El responsable del delito deberá ser sujeto a tratamiento médico integral hasta por un plazo igual al de la pena de prisión impuesta.

¿Desde cuándo aplican las nuevas penas por delitos sexuales en Tamaulipas?

Entra en vigor al día siguiente de su publicación: 29 de octubre de 2026.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

¿Qué dice textualmente el documento?

La misma pena se aplicará a quien cometa dicha conducta en contra de la persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o para resistirlo.

El responsable del delito deberá ser sujeto a tratamiento médico integral hasta por un plazo igual al de la pena de prisión impuesta.

Además, el responsable del delito perderá, en su caso, la patria potestad, la tutela, la curatela, la adopción, el derecho de alimentos y el derecho que pudiera tener respecto de los bienes de la víctima, en términos de la legislación civil.

Cuando el delito fuere cometido por una persona servidora pública o profesionista en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, además de la pena de prisión respectiva, será inhabilitada, destituida o suspendida de su empleo, cargo o comisión hasta por un término igual a la pena de prisión impuesta.

Fuente oficial: Periódico Oficial de Tamaulipas, 28 de octubre de 2026, Número 129. SECRETARÍA GENERAL: DECRETO No. 66-1430 mediante el cual se adicionan los párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo al artículo 198 Bis, del Código Penal para el Estado de Tamaulipas.

Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.

Resumen gratis por correo

¿Te interesa lo que publica el gobierno de Tamaulipas?

Recibe cada mañana lo que se publicó, explicado en claro y con el enlace al documento oficial.

Compartir WhatsApp X Facebook LinkedIn

Documento oficial

Periódico Oficial de Tamaulipas

28 de octubre de 2026 · Número 129

SECRETARÍA GENERAL: DECRETO No. 66-1430 mediante el cual se adicionan los párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo al artículo 198 Bis, del Código Penal para el Estado de Tamaulipas

Ver el documento oficial

Ante cualquier diferencia, prevalece el texto de la fuente oficial.

Cómo hacemos esta nota

Explicamos el documento oficial en lenguaje claro, con asistencia de IA. Solo se publica si sus citas aparecen tal cual en la fuente.