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Se modifica la concesión del Puerto de Guaymas para actualizar obligaciones

La Secretaría de Marina y la Administración del Sistema Portuario Nacional Guaymas, S.A. de C.V. firmaron la segunda modificación a su concesión integral. Este documento actualiza las condiciones de operación del puerto, incluyendo la obligación de inscribir el instrumento en registros públicos, obtener un avalúo maestro y cumplir con convenios internacionales de seguridad y medio ambiente.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 27 de octubre de 2026

A quién afectaA la Administración del Sistema Portuario Nacional Guaymas, S.A. de C.V. (concesionaria)…
Publicado27.10.2026
EmiteSecretaría de Marina

Documento extenso: esta explicación se basa en el inicio y el cierre del documento. Consulta el documento oficial completo para conocer todas sus disposiciones.

En breve: La Secretaría de Marina y la Administración del Sistema Portuario Nacional Guaymas, S.A. de C.V. firmaron la segunda modificación a su concesión integral. Este documento actualiza las condiciones de operación del puerto, incluyendo la obligación de inscribir el instrumento en registros públicos, obtener un avalúo maestro y cumplir con convenios internacionales de seguridad y medio ambiente.

¿Qué nuevas obligaciones tiene la empresa que administra el Puerto de Guaymas?

Establece que la concesionaria debe inscribir el instrumento en el Registro Público de la Propiedad Federal y local en 90 días, obtener un Avalúo Maestro del INDAABIN actualizado cada 5 años, y cumplir con los convenios internacionales SOLAS, MARPOL y Código PBIP. Asimismo, establece que los contratos de Cesión Parcial de Derechos y Obligaciones y Prestación de Servicios Portuarios celebrados con la APIM Guaymas continuarán surtiendo sus efectos jurídicos hasta la conclusión de su vigencia.

¿Qué se modifica en la concesión del Puerto de Guaymas respecto a 1994?

Modifica la Concesión Integral otorgada originalmente en 1994, incorporando nuevas condiciones de cumplimiento, registro y evaluación patrimonial, y dando por terminado el Título de Concesión de ACIS Guaymas.

¿A quién le aplica la segunda modificación de la concesión del Puerto de Guaymas?

A la Administración del Sistema Portuario Nacional Guaymas, S.A. de C.V. (concesionaria) y a la Secretaría de Marina como autoridad administradora.

¿Qué registros debe inscribir la concesionaria del Puerto de Guaymas?

La concesionaria debe inscribir el documento en 90 días naturales, obtener un avalúo maestro actualizado cada 5 años y cumplir con normas internacionales de seguridad marítima y protección ambiental.

¿Desde cuándo rige la segunda modificación de la concesión del Puerto de Guaymas?

Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.

¿Qué plazos fija?

  • Inscripción del instrumento en el Registro Público de la Propiedad Federal y local
  • Publicación en el Diario Oficial de la Federación
  • Actualización del Avalúo Maestro

Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 27 de octubre de 2026, Edición matutina. Segunda Modificación al Título de Concesión otorgada por la Secretaría de Marina, a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Guaymas, S.A. de C.V.

Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.

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Documento oficial

Diario Oficial de la Federación

27 de octubre de 2026 · Edición matutina

Segunda Modificación al Título de Concesión otorgada por la Secretaría de Marina, a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Guaymas, S.A. de C.V

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