La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Gobierno de la Ciudad de México modificaron su convenio de coordinación para asignar 6 millones 289 mil 129 pesos con 46 centavos en subsidios federales. Estos fondos se destinarán a la creación, fortalecimiento o mejora del Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México, estableciendo cuentas bancarias específicas, plazos de transferencia e informes de gasto.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 19 de octubre de 2026
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En breve: La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Gobierno de la Ciudad de México modificaron su convenio de coordinación para asignar 6 millones 289 mil 129 pesos con 46 centavos en subsidios federales. Estos fondos se destinarán a la creación, fortalecimiento o mejora del Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México, estableciendo cuentas bancarias específicas, plazos de transferencia e informes de gasto.
Establece la asignación de 6,289,129.46 pesos por parte de la STPS al Gobierno de la Ciudad de México, radicados a través de su Secretaría de Administración y Finanzas. Asimismo, determina las cuentas bancarias autorizadas, la obligación de transferir el dinero al Centro de Conciliación Laboral local en un plazo máximo de diez días hábiles, los requisitos para comprobantes fiscales y las reglas para una eventual terminación anticipada.
Modifica diversas cláusulas del convenio principal firmado el 26 de junio de 2026 (publicado el 6 de agosto de 2026), entre ellas las relativas a asignación de recursos, vigencia, notificaciones y causales de terminación anticipada, manteniendo subsistentes las demás cláusulas originales.
A la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México y al Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México.
La Secretaría de Administración y Finanzas de la CDMX debe enviar la solicitud de transferencia de recursos con los requisitos aplicables; dentro de los diez días naturales siguientes a recibir el depósito, emitir y validar el recibo electrónico fiscal; y transferir los recursos a la cuenta del Centro de Conciliación en un máximo de diez días hábiles.
Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.
El presente instrumento empezará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su firma y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.
Para el cumplimiento del objeto señalado en la cláusula anterior, "LA SECRETARÍA" asignará la cantidad $ 6,289,129.46 (Seis millones doscientos ochenta y nueve mil ciento veintinueve pesos 46/100 M.N.) correspondientes al recurso autorizado por el Comité de Evaluación de Proyectos
la Secretaría de Administración y Finanzas, con fundamento en el Vigésimo octavo de los Lineamientos, se compromete a transferir en un plazo no mayor a diez días hábiles contados a partir de la ministración del recurso por parte de " LA SECRETARÍA "
El presente instrumento empezará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su firma y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 19 de octubre de 2026, Edición matutina. Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento del subsidio para la creación, fortalecimiento y/o mejora de los Centros de Conciliación, que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Ciudad de México.
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Diario Oficial de la Federación
19 de octubre de 2026 · Edición matutina
Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento del subsidio para la creación, fortalecimiento y/o mejora de los Centros de Conciliación, que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Ciudad de…
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