El gobierno federal decretó la expropiación de 14-68-72 hectáreas de agostadero de uso común del ejido "Lo de Juárez", en el municipio de Irapuato, Guanajuato. La superficie se transfirió al Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS) para regularizar y escriturar solares a avecindados, comercializar lotes vacantes y ceder áreas a servicios urbanos. El instituto deberá pagar una indemnización de 2.3 millones de pesos antes de que la Sedatu proceda con la ocupación definitiva de las tierras.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 14 de octubre de 2026
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En breve: El gobierno federal decretó la expropiación de 14-68-72 hectáreas de agostadero de uso común del ejido "Lo de Juárez", en el municipio de Irapuato, Guanajuato. La superficie se transfirió al Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS) para regularizar y escriturar solares a avecindados, comercializar lotes vacantes y ceder áreas a servicios urbanos. El instituto deberá pagar una indemnización de 2.3 millones de pesos antes de que la Sedatu proceda con la ocupación definitiva de las tierras.
Se expropia una superficie total de 14-68-72 hectáreas de agostadero de uso común del ejido "Lo de Juárez", en Irapuato, Guanajuato, a favor del INSUS. El destino de los predios es la regularización y titulación de lotes ocupados por avecindados, la venta de terrenos vacantes y la donación de superficies requeridas para infraestructura y equipamiento urbano.
Las tierras, que pertenecían al régimen ejidal de uso común del ejido "Lo de Juárez", pasan al dominio del Instituto Nacional del Suelo Sustentable una vez cubierto el monto de indemnización determinado por el Indaabin.
A los ejidatarios y personas con derechos agrarios en el ejido "Lo de Juárez", a los avecindados que habitan asentamientos irregulares en la zona y a terceros interesados en adquirir lotes vacantes en Irapuato.
La Sedatu solo ejecutará la expropiación y ocupará los terrenos una vez que el INSUS acredite el pago indemnizatorio a los ejidatarios con derecho legal. Además, si en un lapso de cinco años los predios no se emplean para el fin establecido, el Fondo Nacional de Fomento Ejidal podrá pedir su reversión.
Entra en vigor el mismo día de su publicación: 14 de octubre de 2026.
SEGUNDO. El presente decreto entrará en vigor y surtirá efectos el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Queda a cargo del Instituto Nacional del Suelo Sustentable acreditar que se realizó el pago o, en su caso, cubrir con su presupuesto autorizado el monto de la indemnización que en términos de ley deba pagarse a quienes acrediten su legítimo derecho, respecto a la superficie a expropiar,
La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano procederá a la ejecución correspondiente, una vez que el Instituto Nacional del Suelo Sustentable haya acreditado que se realizó el pago indemnizatorio señalado en el numeral anterior.
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 14 de octubre de 2026, Edición matutina. Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 14-68-72 hectáreas del ejido "Lo de Juárez", municipio de Irapuato, estado de Guanajuato, a favor del Instituto Nacional del Suelo Sustentable.
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Diario Oficial de la Federación
14 de octubre de 2026 · Edición matutina
Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 14-68-72 hectáreas del ejido "Lo de Juárez", municipio de Irapuato, estado de Guanajuato, a favor del Instituto Nacional del Suelo Sustentable
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