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Gaceta Oficial de la Ciudad de México Expropiación y declaratoria

Expropian inmueble en Cuauhtémoc para vivienda de interés social

La Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México declara de utilidad pública un inmueble en la colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc, para mejorar centros de población mediante un programa de vivienda de interés social y popular.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 28 de octubre de 2026

A quién afectaA los propietarios del inmueble marcado con el número 27, antes 25, 27 y 29 de las calles…
Publicado28.10.2026
EmiteSecretaría de Gobierno de la Ciudad de México — Págs. 4 a 7 del Pdf

Documento extenso: esta explicación se basa en el inicio y el cierre del documento. Consulta el documento oficial completo para conocer todas sus disposiciones.

En breve: La Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México declara de utilidad pública un inmueble en la colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc, para mejorar centros de población mediante un programa de vivienda de interés social y popular.

¿Qué inmueble se expropia en la alcaldía Cuauhtémoc para vivienda de interés social?

Se declara de utilidad pública el inmueble marcado con el número 27, antes 25, 27 y 29 de las calles de López, colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc, para ejecutar un programa de vivienda de interés social y popular.

¿A quiénes afecta la expropiación del inmueble en la alcaldía Cuauhtémoc?

A los propietarios del inmueble marcado con el número 27, antes 25, 27 y 29 de las calles de López, colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc.

¿Qué se necesita para participar en el programa de vivienda de interés social en Cuauhtémoc?

El inmueble se expropia para ejecutar un programa de vivienda de interés social y popular.

¿Desde cuándo aplica la expropiación del inmueble en la alcaldía Cuauhtémoc?

El documento no precisa su entrada en vigor.

¿Qué dice textualmente el documento?

Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la misma y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que dicha Constitución establece.

El artículo 4º, párrafo noveno de la Constitución Federal reconoce el derecho de toda familia a una vivienda digna y decorosa.

La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana.

Son causas de utilidad pública la conservación y mejoramiento de los centros de población, así como la ejecución de planes o programas de desarrollo urbano y vivienda.

El derecho a la vivienda es un derecho humano fundamental, el cual se debe reconocer con base en los principios establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en particular en la Constitución de la Ciudad de México, así como en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

Fuente oficial: Gaceta Oficial de la Ciudad de México, 28 de octubre de 2026, Número 1977. Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México: Declaratoria por la que se determina como causa de utilidad pública el mejoramiento de los centros de población a través de la ejecución de un programa de vivienda de interés social y popular respecto del inmueble registralmente identificado como conjunto marcado con el No. 27, antes No. 25, 27 y 29 de las calles de López y terreno que ocupa, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, conforme al folio real número 9300622 y los folios auxiliares 9300622 auxiliar 1, 9300622 auxiliar 2, 9300622 auxiliar 3, 9300622 auxiliar 4, 9300622 auxiliar 5, 9300622.

Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.

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Documento oficial

Gaceta Oficial de la Ciudad de México

28 de octubre de 2026 · Número 1977

Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México: Declaratoria por la que se determina como causa de utilidad pública el mejoramiento de los centros de población a través de la ejecución de un programa de vivienda de interés social y popular…

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