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Gaceta del Gobierno del Estado de México Acuerdo

Estado de México define reglas para aplicar medidas correctivas a jueces evaluados

El Tribunal de Disciplina Judicial del Estado de México aprobó lineamientos para regular cómo se aplican, siguen y acreditan las medidas de fortalecimiento o correctivas que reciben las personas juzgadoras (jueces y magistrados) tras su evaluación de desempeño.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 28 de octubre de 2026

A quién afectaA las personas juzgadoras evaluadas (Magistradas, Magistrados, Juezas y Jueces del Poder…
Publicado28.10.2026
EmitePoder Judicial del Estado de México — Sección Primera (4 Págs.)

Documento extenso: esta explicación se basa en el inicio y el cierre del documento. Consulta el documento oficial completo para conocer todas sus disposiciones.

En breve: El Tribunal de Disciplina Judicial del Estado de México aprobó lineamientos para regular cómo se aplican, siguen y acreditan las medidas de fortalecimiento o correctivas que reciben las personas juzgadoras (jueces y magistrados) tras su evaluación de desempeño.

¿Qué reglas siguen los jueces del Estado de México para cumplir medidas correctivas?

Establece el procedimiento para aplicar, dar seguimiento y acreditar el cumplimiento de las medidas de fortalecimiento o correctivas derivadas de la evaluación ordinaria del desempeño de las personas juzgadoras. Define plazos de cumplimiento (máximo 6 meses para 1-6 medidas, 1 año para más de 6), la oferta educativa a través de la Escuela Judicial u órganos auxiliares, y la obligación de informar la inscripción en los programas.

¿Qué cambia con el acuerdo?

No modifica leyes existentes, sino que emite lineamientos internos para regular el procedimiento de aplicación de medidas ya previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

¿A quiénes aplican las nuevas reglas de evaluación del Poder Judicial mexiquense?

A las personas juzgadoras evaluadas (Magistradas, Magistrados, Juezas y Jueces del Poder Judicial del Estado de México) que hayan recibido medidas de fortalecimiento o correctivas, así como a la Unidad de Evaluación del Desempeño, la Comisión de Evaluación y la Visitaduría General del Tribunal de Disciplina Judicial.

¿Cómo deben los jueces del Estado de México acreditar el cumplimiento de medidas?

Las medidas deben individualizarse según el resultado de la evaluación. El cumplimiento debe realizarse en un máximo de seis meses si hay de una a seis medidas, o en un máximo de un año si hay más de seis. La persona juzgadora debe informar su inscripción en el programa académico a más tardar tres días después de quedar inscrita. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

¿Desde cuándo aplican las reglas de medidas correctivas para jueces en el Estado de México?

Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.

¿Qué plazos fija?

  • Cumplimiento de medidas si hay de una a seis
  • Cumplimiento de medidas si hay más de seis
  • Informar inscripción en programa académico

Fuente oficial: Gaceta del Gobierno del Estado de México, 28 de octubre de 2026, Sección Primera. Poder Judicial del Estado de México: Acuerdo General AGPTDJ/22/2026 del Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial del Estado de México, en sesión ordinaria de doce de octubre de dos mil veintiséis, por el que se aprueban los Lineamientos que Regulan el Procedimiento de Aplicación de las Medidas de Fortalecimiento o Correctivas en Materia de Procesos de Evaluación Ordinaria del Desempeño de las Personas Juzgadoras Evaluadas.

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Gaceta del Gobierno del Estado de México

28 de octubre de 2026 · Sección Primera

Poder Judicial del Estado de México: Acuerdo General AGPTDJ/22/2026 del Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial del Estado de México, en sesión ordinaria de doce de octubre de dos mil veintiséis, por el que se aprueban los Lineamientos…

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