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Periódico Oficial de Jalisco Acuerdo

Delegación de facultades para arrendamiento de inmuebles en Jalisco

El Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco delega facultades para la suscripción de contratos de arrendamiento de inmuebles a la Dirección de Gestión y Protección del Patrimonio Inmobiliario.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 3 de noviembre de 2026

A quién afectaA la Dirección de Gestión y Protección del Patrimonio Inmobiliario del Instituto de…
Publicado03.11.2026
EmiteNúmero 13, Sección Iv — Págs. 3 a 4 del Pdf

En breve: El Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco delega facultades para la suscripción de contratos de arrendamiento de inmuebles a la Dirección de Gestión y Protección del Patrimonio Inmobiliario.

¿Qué facultades se delegan para contratos de arrendamiento en Jalisco?

Se delegan facultades a la Dirección de Gestión y Protección del Patrimonio Inmobiliario para suscribir contratos de arrendamiento de inmuebles del patrimonio institucional, así como sus convenios modificatorios y de terminación.

¿A quién se le delega la suscripción de contratos de arrendamiento en Jalisco?

A la Dirección de Gestión y Protección del Patrimonio Inmobiliario del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco.

¿Qué se necesita para suscribir contratos de arrendamiento en Jalisco?

El ejercicio de las facultades delegadas debe realizarse con estricto apego a la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, al Reglamento Interno del Instituto, al Reglamento General de Prestaciones, a los tabuladores y políticas aprobados por el H. Consejo Directivo, y previa validación de los instrumentos legales por la Dirección de Jurídico del Instituto.

¿Desde cuándo se aplican las nuevas facultades de arrendamiento en Jalisco?

Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.

¿Qué dice textualmente el documento?

Suscribir los contratos de arrendamiento de inmuebles del patrimonio institucional destinados a fines industriales, comerciales y de servicios públicos y privados, con excepción de los inmuebles gestionados por las Unidades de Negocios adscritas a la Oficialía Mayor Administrativa del Instituto.

Suscribir todo tipo de convenios modificatorios y convenios de terminación de los contratos de arrendamiento a que se refieren los numerales anteriores.

La delegación de facultades a que se refiere este instrumento no exime a la persona Titular de la Dirección de Gestión y Protección del Patrimonio Inmobiliario de las responsabilidades administrativas, civiles, penales y presupuestales o de cualquier otra índole en que pudiera incurrir por el ejercicio indebido, exceso u omisión en la atención de las atribuciones que le han sido delegadas.

Fuente oficial: Periódico Oficial de Jalisco, 3 de noviembre de 2026, Número 13, Sección IV. ACUERDO DG/013/2026 del Director General del Organismo Público Descentralizado "Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco" mediante el cual se delegan facultades para la suscripción de contratos de arrendamiento de inmuebles del patrimonio institucional, así como de sus convenios modificatorios y de terminación, a favor de la persona titular de la Dirección de Gestión y Protección del Patrimonio Inmobiliario.

Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.

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Documento oficial

Periódico Oficial de Jalisco

3 de noviembre de 2026 · Número 13, Sección IV

ACUERDO DG/013/2026 del Director General del Organismo Público Descentralizado "Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco" mediante el cual se delegan facultades para la suscripción de contratos de arrendamiento de inmuebles del…

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