La Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México publicó las modificaciones a las reglas de operación del programa Bienestar Jurídico para los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes en la Ciudad de México.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 4 de noviembre de 2026
En breve: La Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México publicó las modificaciones a las reglas de operación del programa Bienestar Jurídico para los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes en la Ciudad de México.
Las nuevas reglas de operación para el programa Bienestar Jurídico para los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes en la Ciudad de México.
Los apartados 3.3.4. Productos del programa, 5.2.1. Personas beneficiarias, 6.1. Meta de la población objetivo y 7. Orientaciones y programación presupuestales.
A las personas de pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes en la Ciudad de México que se encuentren en situación de vulnerabilidad social o de riesgo.
Las personas beneficiarias deben ser de pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes en la Ciudad de México, en situación de vulnerabilidad social o de riesgo y con falta de recursos económicos.
El documento no precisa su entrada en vigor.
Al menos 38 personas de pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes en la Ciudad de México que se encuentren en situación de vulnerabilidad social o de riesgo y que por falta de recursos económicos no puedan solventar gastos para atender algunas situaciones emergentes o de riesgo.
El programa social también beneficiará al menos, de manera directa a 38 personas de pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes en la Ciudad de México que se encuentren en situación de vulnerabilidad social o de riesgo.
El presupuesto autorizado para el programa es de $2,530,000.00 (dos millones quinientos treinta mil pesos 00/100 m. n.).
38 apoyos económicos con un monto máximo de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 m. n.) por persona, en una sola exhibición.
Fuente oficial: Gaceta Oficial de la Ciudad de México, 4 de noviembre de 2026, Número 1982. de México: Aviso mediante el cual se dan a conocer las modificaciones a las Reglas de operación del programa social denominado “Bienestar jurídico para los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, 2026”, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, número 1905, el día 17 de julio de 2026.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Gaceta Oficial de la Ciudad de México
4 de noviembre de 2026 · Número 1982
de México: Aviso mediante el cual se dan a conocer las modificaciones a las Reglas de operación del programa social denominado “Bienestar jurídico para los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, 2026”, publicadas…
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