La Secretaría de Hacienda y Crédito Público destina a la Secretaría de Marina un inmueble federal en Coyoacán, Ciudad de México, para uso administrativo.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 4 de noviembre de 2026
En breve: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público destina a la Secretaría de Marina un inmueble federal en Coyoacán, Ciudad de México, para uso administrativo.
La Secretaría de Marina puede usar el inmueble federal ubicado en Avenida Heroica Escuela Naval Militar número 701, colonia Presidentes Ejidales Segunda Sección, Código Postal 04470, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, para oficinas administrativas.
A la Secretaría de Marina y al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
La Secretaría de Marina debe mantener el uso administrativo del inmueble y cubrir los gastos de conservación y mantenimiento.
Entra en vigor al día siguiente de su publicación: 5 de noviembre de 2026.
Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Se destina el inmueble federal denominado " Instalaciones Administrativas (oficinas) " , con Registro Federal Inmobiliario 9-21127-6 y superficie de 5,696.14 metros cuadrados, el cual proviene de un inmueble de mayor extensión, ubicado en Avenida Heroica Escuela Naval Militar número 701, colonia Presidentes Ejidales Segunda Sección, Código Postal 04470, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, a la Secretaría de Marina, para continuar utilizándolo como oficinas administrativas para el cumplimiento de las atribuciones que tiene legalmente conferidas.
Si la Secretaría de Marina diera al inmueble federal que se le destina un uso distinto al establecido por el presente Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, o bien, lo dejare de utilizar o necesitar, dicho bien deberá ser puesto a disposición del Instituto con todas sus mejoras y accesiones, sin que se tenga derecho a compensación alguna, dentro de los cuatro meses siguientes a la fecha en que ya no sea útil para su servicio.
La Secretaría de Marina deberá custodiar y vigilar el presente inmueble, quedando obligada a cubrir los gastos necesarios para su conservación y mantenimiento, y demás servicios inherentes que, en su caso, se generen, así como el correspondiente aseguramiento contra daños del inmueble.
El destino únicamente confiere a la Secretaría de Marina el derecho de aprovechar el inmueble destinado para el uso autorizado, pero no transmite la propiedad del mismo, ni otorga derecho real alguno sobre él.
El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el ámbito de sus atribuciones, a través de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo.
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 4 de noviembre de 2026, Edición matutina. Acuerdo por el que se destina a la Secretaría de Marina el inmueble federal denominado "Instalaciones Administrativas (oficinas)", con Registro Federal Inmobiliario 9-21127- 6 y superficie de 5,696.14 metros cuadrados, el cual proviene de un inmueble de mayor extensión, ubicado en Avenida Heroica Escuela Naval Militar número 701, colonia Presidentes Ejidales Segunda Sección, Código Postal 04470, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Diario Oficial de la Federación
4 de noviembre de 2026 · Edición matutina
Acuerdo por el que se destina a la Secretaría de Marina el inmueble federal denominado "Instalaciones Administrativas (oficinas)", con Registro Federal Inmobiliario 9-21127- 6 y superficie de 5,696.14 metros cuadrados, el cual proviene de…
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