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Diario Oficial de la Federación Acuerdo Vigente desde el 31 de octubre

SHCP fija montos de estímulos fiscales para gasolinas en frontera con Guatemala

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó los montos específicos de los estímulos fiscales que se aplicarán a la venta de gasolinas en los municipios fronterizos con Guatemala. Estos valores están vigentes del 31 de octubre al 6 de noviembre de 2026 y varían según la zona geográfica y el octanaje del combustible.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 30 de octubre de 2026

A quién afectaA los contribuyentes y empresas que enajenan (venden) gasolinas en los municipios…
Desde cuándo31.10.2026
EmiteSecretaría de Hacienda y Crédito Público

En breve: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó los montos específicos de los estímulos fiscales que se aplicarán a la venta de gasolinas en los municipios fronterizos con Guatemala. Estos valores están vigentes del 31 de octubre al 6 de noviembre de 2026 y varían según la zona geográfica y el octanaje del combustible.

¿Cuáles son los montos de estímulo fiscal para gasolinas en la frontera con Guatemala?

Define los montos exactos de los estímulos fiscales por litro para gasolina menor a 91 octanos y mayor o igual a 91 octanos, divididos en seis zonas que abarcan municipios de Campeche, Tabasco y Chiapas.

¿Qué cambian los montos de estímulo fiscal para gasolinas en la frontera sur?

Actualiza los montos de los estímulos fiscales para el periodo del 31 de octubre al 6 de noviembre de 2026, sustituyendo los valores anteriores para ese lapso.

¿A qué municipios de Chiapas, Tabasco y Campeche aplica el estímulo de gasolinas?

A los contribuyentes y empresas que enajenan (venden) gasolinas en los municipios fronterizos con Guatemala en Campeche, Tabasco y Chiapas.

¿Qué requisitos y condiciones hay?

El estímulo aplica únicamente en los municipios listados en las zonas I a VI y durante el periodo del 31 de octubre al 6 de noviembre de 2026. El monto depende del tipo de gasolina (menor a 91 octanos o mayor/igual a 91 octanos).

¿Desde cuándo aplican los nuevos montos de estímulo fiscal para gasolinas en la frontera?

Entra en vigor al día siguiente de su publicación: 31 de octubre de 2026.

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

¿Qué plazos fija?

  • Periodo de aplicación de los montos de estímulo (6 de noviembre de 2026)

¿Qué montos menciona?

  • Zona I (Calakmul, Candelaria, Campeche) Gasolina < 91 octanos: 1.880
  • Zona I (Calakmul, Candelaria, Campeche) Gasolina >= 91 octanos: 2.105
  • Zona II (Balancán, Tenosique, Tabasco) Gasolina < 91 octanos: 1.312
  • Zona II (Balancán, Tenosique, Tabasco) Gasolina >= 91 octanos: 1.379
  • Zona III (Ocosingo, Palenque, Chiapas) Gasolina < 91 octanos: 1.716
  • Zona III (Ocosingo, Palenque, Chiapas) Gasolina >= 91 octanos: 1.745
  • Zona IV (Marqués de Comillas, Benemérito de las Américas, Chiapas) Gasolina < 91 octanos: 1.836
  • Zona IV (Marqués de Comillas, Benemérito de las Américas, Chiapas) Gasolina >= 91 octanos: 1.904
  • Zona V (Amatenango, Frontera Comalapa, La Trinitaria, Maravilla Tenejapa, Las Margaritas, Chiapas) Gasolina < 91 octanos: 2.549
  • Zona V (Amatenango, Frontera Comalapa, La Trinitaria, Maravilla Tenejapa, Las Margaritas, Chiapas) Gasolina >= 91 octanos: 2.306
  • Zona VI (Suchiate, Frontera Hidalgo, Metapa, Tuxtla Chico, Unión Juárez, Cacahoatán, Tapachula, Motozintla, Mazapa de Madero, Chiapas) Gasolina < 91 octanos: 1.504
  • Zona VI (Suchiate, Frontera Hidalgo, Metapa, Tuxtla Chico, Unión Juárez, Cacahoatán, Tapachula, Motozintla, Mazapa de Madero, Chiapas) Gasolina >= 91 octanos: 1.167

¿Qué dice textualmente el documento?

Se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables, en los municipios fronterizos con Guatemala, a que se refieren los artículos Primero y Tercero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales a la enajenación de los combustibles que se mencionan en la frontera sur de los Estados Unidos Mexicanos, durante el período comprendido del 31 de octubre al 06 de noviembre de 2026.

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 30 de octubre de 2026, Edición vespertina. Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, correspondientes al periodo que se especifica.

Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.

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Documento oficial

Diario Oficial de la Federación

30 de octubre de 2026 · Edición vespertina

Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, correspondientes al periodo que se especifica

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Ante cualquier diferencia, prevalece el texto de la fuente oficial.

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