El Banco de México fijó en 18.3528 pesos por dólar el tipo de cambio para pagar deudas y obligaciones en moneda extranjera dentro del país.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 14 de octubre de 2026
En breve: El Banco de México fijó en 18.3528 pesos por dólar el tipo de cambio para pagar deudas y obligaciones en moneda extranjera dentro del país.
El Banco de México determinó que el tipo de cambio para solventar obligaciones en moneda extranjera dentro del país es de 18.3528 pesos por dólar estadounidense. Para pagos en otras monedas extranjeras, la equivalencia se determinará a partir de su cotización frente al dólar en los mercados internacionales el día del pago, dato que informarán las instituciones bancarias a petición de las personas interesadas.
A personas físicas y empresas que tengan obligaciones o contratos pagaderos en moneda extranjera dentro de la República Mexicana, así como a las instituciones bancarias que operan en el país.
Para cumplir con obligaciones en monedas extranjeras distintas al dólar de los Estados Unidos, se debe tomar como referencia la cotización internacional de dicha moneda frente al dólar en la fecha en que se efectúe el pago. Los bancos del país proporcionarán esta información a solicitud de las partes interesadas.
El documento no precisa su entrada en vigor.
el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $18.3528 M.N. (dieciocho pesos con tres mil quinientos veintiocho diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago.
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 14 de octubre de 2026, Edición matutina. Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Diario Oficial de la Federación
14 de octubre de 2026 · Edición matutina
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana
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