El Banco de México dio a conocer que el tipo de cambio oficial obtenido para solventar obligaciones en moneda extranjera dentro de la República Mexicana es de 18.4163 pesos por cada dólar estadunidense.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 12 de octubre de 2026
En breve: El Banco de México dio a conocer que el tipo de cambio oficial obtenido para solventar obligaciones en moneda extranjera dentro de la República Mexicana es de 18.4163 pesos por cada dólar estadunidense.
El Banco de México determina que el tipo de cambio obtenido para cumplir obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera pagaderas en el país es de 18.4163 pesos por un dólar de los Estados Unidos de América. Asimismo, precisa que la equivalencia con otras divisas se determinará según la cotización que tengan frente al dólar en mercados internacionales el día del pago.
A personas y empresas con deudas, contratos u obligaciones pactadas en moneda extranjera que deban pagarse dentro de la República Mexicana.
Para calcular el valor frente a otras monedas distintas al dólar estadunidense, se tomará su cotización internacional contra el dólar en la fecha en que se liquide la deuda. Las instituciones bancarias del país darán a conocer esas cotizaciones si los interesados las solicitan.
El documento no precisa su entrada en vigor.
el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $18.4163 M.N. (dieciocho pesos con cuatro mil ciento sesenta y tres diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago.
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 12 de octubre de 2026, Edición matutina. Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana.
Explicación elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir del documento oficial. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto publicado en la fuente oficial.
Diario Oficial de la Federación
12 de octubre de 2026 · Edición matutina
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana
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