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Nuevo León elimina el subsidio del 100% al trámite de registro vehicular de estancia prolongada

La Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León dejó sin efectos el acuerdo que otorgaba un subsidio del 100% en los derechos estatales por el trámite de Registro Vehicular de Estancia Prolongada.

Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 9 de octubre de 2026

A quién afectaA las personas propietarias o conductoras de vehículos sujetas a realizar el trámite de…
Publicado09.10.2026
EmiteSecretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado — Págs. 78 a 79 del Pdf

En breve: La Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León dejó sin efectos el acuerdo que otorgaba un subsidio del 100% en los derechos estatales por el trámite de Registro Vehicular de Estancia Prolongada.

¿Qué resolvió Nuevo León sobre el subsidio al registro vehicular de estancia prolongada?

Se cancela el subsidio del 100% previsto para los derechos contemplados en el artículo 276, párrafo tercero, fracción VIII, de la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León, correspondientes al Registro Vehicular de Estancia Prolongada.

¿Qué cambia en el cobro del registro de estancia prolongada en Nuevo León?

Deja sin efectos el acuerdo previo que otorgaba el beneficio fiscal del 100% de descuento en el pago de derechos del Registro Vehicular de Estancia Prolongada emitido con base en disposiciones de septiembre de 2026.

¿A quiénes aplica el retiro del subsidio vehicular de estancia prolongada en Nuevo León?

A las personas propietarias o conductoras de vehículos sujetas a realizar el trámite de Registro Vehicular de Estancia Prolongada en Nuevo León, así como a las autoridades fiscales y de control vehicular del estado.

¿Cuándo entra en vigor el fin del subsidio de estancia vehicular en Nuevo León?

Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.

¿Qué montos menciona?

  • Subsidio cancelado en derechos por Registro Vehicular de Estancia Prolongada: 100%

Fuente oficial: Periódico Oficial de Nuevo León, 9 de octubre de 2026, Número 135. SECRETARÍA DE FINANZAS Y TESORERÍA GENERAL DEL ESTADO: ACUERDO POR EL CUAL SE QUEDA SIN EFECTOS EL SUBSIDIO DEL 100% CIEN POR CIENTO EN LOS DERECHOS ESTABLECIDOS EN EL PÁRRAFO TERCERO, FRACCIÓN VIII, DEL ARTÍCULO 276 DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, RELATIVO A LAS ESPECIFICACIONES PARA EL TRÁMITE DE “REGISTRO VEHICULAR DE ESTANCIA PROLONGADA”.

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Periódico Oficial de Nuevo León

9 de octubre de 2026 · Número 135

SECRETARÍA DE FINANZAS Y TESORERÍA GENERAL DEL ESTADO: ACUERDO POR EL CUAL SE QUEDA SIN EFECTOS EL SUBSIDIO DEL 100% CIEN POR CIENTO EN LOS DERECHOS ESTABLECIDOS EN EL PÁRRAFO TERCERO, FRACCIÓN VIII, DEL ARTÍCULO 276 DE LA LEY DE HACIENDA…

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