El Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó las bases, criterios, convocatoria y programa de trabajo para recibir, informar y acreditar a personas extranjeras interesadas en acompañar y presenciar el Proceso Electoral Federal y los comicios locales concurrentes 2026-2027.
Explicado el · Publicado en la fuente oficial el 8 de octubre de 2026
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En breve: El Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó las bases, criterios, convocatoria y programa de trabajo para recibir, informar y acreditar a personas extranjeras interesadas en acompañar y presenciar el Proceso Electoral Federal y los comicios locales concurrentes 2026-2027.
Establece las reglas para invitar, atender e informar a visitantes de otros países durante las elecciones federales y locales 2026-2027. Aprueba la Convocatoria oficial, el formato de solicitud de registro, el modelo del gafete de acreditación y el Programa General de trabajo. También ordena coordinar acciones con los Organismos Públicos Locales mediante convenios y encomienda a la Coordinación de Asuntos Internacionales la difusión y entrega de informes periódicos en cada sesión ordinaria del Consejo General.
A personas de nacionalidad extranjera interesadas en conocer y presenciar las elecciones en México, al personal del Instituto Nacional Electoral y a las autoridades de los Organismos Públicos Locales.
Las personas interesadas del extranjero deben presentar la Solicitud de acreditación correspondiente, sujetarse a los términos de la Convocatoria aprobada y portar el Gafete de Acreditación emitido por la autoridad electoral.
Consulta la fecha de entrada en vigor en el documento oficial.
OCTAVO. El presente Acuerdo, incluyendo sus documentos anexos, entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por parte del Consejo General.
TERCERO. Se aprueba la Convocatoria y la Solicitud de acreditación para las personas visitantes extranjeras que acudan a presenciar y acompañar el desarrollo del Proceso Electoral Federal y los procesos electorales locales concurrentes 2026 - 2027, los cuales se incluyen como anexos del presente Acuerdo y forman parte integral del mismo.
SEGUNDO. Para el caso de las entidades federativas, en los convenios de coordinación y colaboración que signe el INE con los Organismos Públicos Locales correspondientes, se establecerán los mecanismos de cooperación para la atención e información de las personas visitantes extranjeras.
OCTAVO. El presente Acuerdo, incluyendo sus documentos anexos, entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por parte del Consejo General.
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 8 de octubre de 2026, Edición matutina. Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se establecen las bases y criterios con que habrá de invitar, atender e informar a las personas visitantes extranjeras que acudan a conocer las modalidades del Proceso Electoral Federal y los Procesos Electorales Locales Concurrentes 2026-2027.
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Diario Oficial de la Federación
8 de octubre de 2026 · Edición matutina
Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se establecen las bases y criterios con que habrá de invitar, atender e informar a las personas visitantes extranjeras que acudan a conocer las modalidades del…
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